Los jueces del avión privado a Punta del Este recibieron un pedido que los deja al borde del sobreseimiento

Los jueces del avión privado a Punta del Este recibieron un pedido fiscal que les descomprime la causa por dádivas, pero el mismo dictamen los manda a otra instancia que todavía les puede costar caro. Qué resolvieron sobre el vuelo y qué pasa con la denuncia de la exsecretaria.

· 4 min de lectura
Los jueces del avión privado a Punta del Este recibieron un pedido que los deja al borde del sobreseimiento
Los jueces del avión privado a Punta del Este recibieron un pedido que los deja al borde del sobreseimiento

La causa que investigaba a los camaristas federales Abel Sánchez Torres y Graciela Montesi por la presunta aceptación de dádivas sumó un capítulo decisivo: los fiscales federales Maximiliano Hairabedián y Pablo Turano dictaminaron que corresponde sobreseer a ambos magistrados por el viaje en avión privado a Punta del Este y, además, pidieron archivar la denuncia que los indagaba por una supuesta manipulación en la integración del tribunal en el expediente "Molina Herrera".

El dictamen del Ministerio Público Fiscal contrasta de lleno con el escenario que ambos jueces enfrentan en otras causas, donde su situación procesal sí está complicada.

El procesamiento que pesa sobre Sánchez Torres

El juzgado federal Nº 2, a cargo de Alejandro Sánchez Freytes, procesó a Sánchez Torres por abuso de autoridad y violencia de género institucional en perjuicio de la exsecretaria penal Celina Laje Anaya. La resolución incluyó un embargo sobre sus bienes por 70 millones de pesos y quedó a las puertas de un pedido de prisión domiciliaria, supeditado a cómo avance el juicio político en el Consejo de la Magistratura.

Por qué el viaje a Uruguay no sería delito

La investigación por dádivas había arrancado cuando se comprobó que, en la Semana Santa de 2024, los jueces volaron a Uruguay en un avión particular y se alojaron en Punta del Este. La fiscalía llegó a indagar si el traslado estaba ligado a intereses del grupo empresarial Porta o Astori, pero el avance de las medidas probatorias fue cambiando la perspectiva de la imputación.

En el escrito, los fiscales sostuvieron que el hecho no encuadra en el delito previsto en el artículo 259 del Código Penal. La razón: quedó constatado que tanto el viaje como la estadía fueron un obsequio motivado de manera exclusiva por la relación de amistad íntima que une desde hace años a la pareja de magistrados con los empresarios Guillermo Assales y María Pía Astori. Ese vínculo afectivo personal quedó respaldado con chats de WhatsApp, fotografías e itinerarios compartidos.

En paralelo, una respuesta oficial del Consejo de la Magistratura de la Nación aclaró a la Fiscalía que los camaristas no están alcanzados por el régimen de obligatoriedad de registro de viajes privados que rige para los funcionarios del Poder Ejecutivo.

Pese a ello, los fiscales pidieron remitir las actuaciones al órgano de juzgamiento de jueces para que evalúe si la conducta merece alguna sanción o reproche ético-disciplinario, teniendo en cuenta que en el tribunal tramitaban causas vinculadas a empresas del grupo de sus allegados.

"Molina Herrera": por qué piden el archivo

Junto al pedido de sobreseimiento por las dádivas, la Fiscalía requirió archivar la causa que había nacido de la denuncia de Celina Laje Anaya por el expediente "Molina Herrera". En esa presentación, la exsecretaria penal sostenía que los camaristas habían acordado decretar pases e integraciones fuera de la norma para esquivar la subrogancia legal de la jueza Liliana Navarro.

La investigación detectó inconsistencias y discordancias entre los movimientos informáticos y la circulación del expediente en papel. Sin embargo, los testimonios de los secretarios de vocalía Patricio Furey y Francisco Juárez Rouviere apuntaron a que esos desajustes no respondieron a una maniobra delictiva dolosa.

Según los testigos, en las primeras aplicaciones del Acuerdo 316/2023 existían dudas sobre cómo interpretar la norma, y además se registraban prácticas administrativas informales habituales en el traspaso de expedientes físicos entre despachos. Ese Acuerdo es la normativa que dictó la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba para regular el régimen de subrogancias y la integración de sus salas (Sala A y Sala B) frente a las vacantes existentes.

Sin la evidencia del dolo que exige el tipo penal, la Fiscalía concluyó que corresponde archivar las actuaciones, sin perjuicio de que aparezcan nuevos elementos.

La diferencia con "Humanes" y "Padilla"

La postura fiscal marca una distancia sustancial con lo ocurrido en las investigaciones por maniobras de integración de salas en causas tributarias vinculadas a la cerealera Bunge.

En esos expedientes, identificados como "Humanes" y "Padilla", la Fiscalía consideró que la transgresión a la ley de subrogancias fue explícita y directa. Esas actuaciones derivaron en el procesamiento de Abel Sánchez Torres por abuso de autoridad y por lesiones graves calificadas por violencia de género, atribuidas al maltrato, hostigamiento y aislamiento que habría padecido Laje Anaya tras negarse a avalar los decretos de conformación del tribunal.

En esa misma causa, la camarista Graciela Montesi había obtenido la falta de mérito y un sobreseimiento parcial.

Más para leer

Compartían nombre y apellido: uno salió en libertad y la Policía terminó con tres sumariados
Policiales
Dos hombres se enfrentaron a machetazos en pleno centro de Córdoba: así terminó todo
Policiales
Tres bicicletas desaparecieron de una cochera del macrocentro: la Policía ya recuperó cuatro
Policiales
21 acusados seguirán el juicio desde lejos: la decisión del tribunal que evitó un mes de demora
Policiales
La buscaban en Capilla del Monte y la encontraron: dónde apareció la mujer de 43 años
Policiales
Córdoba: 13 imputados por la megacompra de bebidas que terminó en los tribunales
Policiales