Lo fotografiaron desnudo en el patio de su casa y no lo podía creer: dónde encontró la imagen
Un paredón de dos metros no fue suficiente: la cámara registró igual lo que pasaba en el patio. La imagen terminó publicada y el hombre, que pertenecía a una fuerza policial, inició una demanda que acaba de tener un fallo clave.
Un vecino de Bragado vivió una situación insólita que terminó en los tribunales: las cámaras de Google Street View lo captaron sin ropa en el patio de su casa y la imagen quedó colgada en Google Maps. Años después, la Justicia le dio la razón y la empresa deberá pagarle una suma millonaria.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil condenó a Google Argentina SRL y a Google LLC a abonarle $3.000.000 más intereses por haber vulnerado su derecho a la intimidad. Además, ordenó retirar la fotografía de la plataforma.
Cómo empezó todo
El episodio se remonta a septiembre de 2017. Una imagen tomada por el servicio de mapas llamó la atención de los medios de comunicación de la ciudad bonaerense.
En la foto se veía a un hombre de espaldas, sin ropa, dentro del patio de una vivienda. La propiedad contaba con un paredón de unos dos metros de altura, pero las cámaras igual lograron registrar lo que pasaba adentro.
El 27 de septiembre de 2017 la imagen fue publicada por un portal de noticias local y, al día siguiente, apareció en un programa de televisión.
El damnificado aseguró que nunca había autorizado ni la captura ni la difusión de la foto, y que la exposición le afectó la intimidad, la dignidad y su vida cotidiana. El hombre, que pertenecía a una fuerza policial, decidió entonces iniciar una demanda contra Google y contra los medios que habían replicado la imagen.
Los argumentos de Google
En junio de 2024, un juzgado de primera instancia rechazó el reclamo. El hombre apeló y logró que el caso fuera revisado.
En su defensa, la empresa sostuvo que el hombre no había tomado las precauciones necesarias para cuidar su privacidad al estar desnudo al aire libre. También planteó que la persona fotografiada no podía identificarse con facilidad porque estaba de espaldas y su rostro no se veía.
La Cámara, sin embargo, razonó distinto: el paredón impedía mirar hacia el interior de la vivienda desde la calle, por lo que el hombre tenía derecho a preservar su intimidad dentro de su propiedad.
Los jueces remarcaron además que Google cuenta con herramientas para difuminar rostros y patentes, de modo que también debería haber evitado la difusión de esa imagen.
Qué resolvió la Justicia
El 29 de mayo de 2025, la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia anterior y responsabilizó a las empresas de Google por la publicación.
La resolución fijó varias medidas:
— Una indemnización de $3.000.000 por daño moral, más intereses.
— La eliminación de la imagen dentro de los diez días posteriores a la notificación.
— Una multa de $100.000 por cada día de incumplimiento de la orden de eliminación.
— El pago de las costas judiciales a cargo de las empresas condenadas.
No todos los reclamos prosperaron. Los jueces rechazaron la demanda contra Cablevisión y contra la empresa responsable del medio periodístico. También desestimaron el pedido por gastos de tratamiento psicológico, ya que una pericia concluyó que no resultaba necesario.
En sus fundamentos, el tribunal dejó un criterio claro: las herramientas digitales no pueden justificar intromisiones en la vida privada, y la difusión de una fotografía obtenida dentro de una vivienda puede generar responsabilidad civil.