Llevaba 40 horas de trabajo de parto cuando la derivaron al quirófano. Un comentario del anestesiólogo quedó grabado en la causa y, ocho años después, la Justicia de Roca falló contra él y contra la clínica. Qué dijo el profesional.
Una mujer llegó al quirófano tras 40 horas de trabajo de parto y con señales de riesgo para su bebé. Allí, según la Justicia, el anestesiólogo la recibió con un reproche por el horario. Ocho años después, un fallo condenó al profesional y a la clínica.
La sentencia la firmó la jueza Agustina Naffa, de la Unidad Jurisdiccional Civil 1 de Roca, el martes 3 de noviembre. Alcanza al anestesiólogo Jorge Osvaldo Hermosilla y a Clínica Roca, administradora del entonces Cemyn, el centro privado donde se realizó la cesárea. El fallo es de primera instancia y puede ser apelado.
El caso había tenido un primer capítulo en el fuero de Familia de Roca, que en octubre de 2023 determinó que la mujer había sufrido violencia obstétrica. Hermosilla apeló, pero la Cámara de Apelaciones de Roca confirmó esa resolución en febrero de 2024. Ahora la Justicia civil avanzó sobre la responsabilidad por los daños y fijó una indemnización.
El reproche en el quirófano
La mujer había empezado el trabajo de parto en el hospital Francisco López Lima, donde pensaba atenderse. Como el parto no avanzaba, aceptó ser derivada al entonces Cemyn, un centro privado especializado en maternidad, después de consultar con su ginecóloga. Allí siguió intentando un parto vaginal, como quería.
Pero los controles empezaron a mostrar agotamiento del bebé y una situación de riesgo. Las médicas recomendaron una cesárea y la paciente aceptó. Llevaba unas 40 horas de trabajo de parto.
Ya en el quirófano, la mujer declaró que saludó al equipo con un "buenas noches". Según su testimonio, Hermosilla no le respondió el saludo y le reprochó: "Así está el país por la gente que no respeta el trabajo y el descanso de los demás". También le habría dicho: "Me acabo de ir a mi casa después de un día entero de trabajo".
La paciente contó que le pidió disculpas por interrumpir su descanso y le explicó que no podía decidir cuándo nacería su hijo. De acuerdo con su declaración, el anestesiólogo insistió: "Bueno, dale dale terminemos con esto de una vez".
En medio de la conversación, la mujer le ofreció ayuda si alguna vez necesitaba asistencia legal durante la madrugada, ya que era abogada. La respuesta que le atribuyó fue otro reproche: "Por culpa de los abogados y jueces el país está como está".
La ginecóloga Agustina Miller, que participó de la cesárea, corroboró los puntos centrales de ese intercambio. Recordó el comentario sobre cómo estaba el país, la explicación de la paciente sobre que no había elegido el horario del nacimiento y las referencias a abogados y jueces. También describió al anestesiólogo enojado, con un tono de voz elevado, y dijo que la conversación generó incomodidad entre los presentes.
Hermosilla reconoció que hubo una conversación, pero cuestionó las expresiones que se le atribuyeron y negó que su conducta constituyera violencia obstétrica.
Qué determinó la Justicia
El juez Víctor Darío Soto, integrante de la Cámara de Apelaciones que confirmó la violencia obstétrica, sostuvo que "un trato de ese tipo es indefendible en cualquier contexto de salud, aún de mucha menor implicancia". También consideró que la conducta excedía una simple falta de empatía.
La jueza Naffa, al resolver sobre los daños, afirmó: "La conducta del anestesiólogo no fue una simple descortesía sino que implicó una afectación concreta a derechos humanos fundamentales: dignidad, autonomía personal en un contexto de total asimetría".
La magistrada tuvo en cuenta las consecuencias emocionales que el episodio dejó en la mujer y los gastos de atención psicológica. Por eso condenó a Hermosilla y a Clínica Roca a indemnizarla.
La clínica también deberá adoptar medidas
La sentencia no se agota en la indemnización. Clínica Roca deberá poner a disposición de las pacientes información sobre sus derechos e implementar un procedimiento para recibir, evaluar y responder reclamos por violencia obstétrica.
La institución tendrá 60 días desde que el fallo quede firme para cumplir esas obligaciones y otros diez días para acreditar ante la Justicia que las implementó.
La Ley Nacional 25.929 de Parto Respetado establece los derechos de las mujeres durante el embarazo, el parto y el posparto, tanto en establecimientos públicos como privados.
Dónde denunciar la violencia obstétrica
La violencia obstétrica está contemplada en la Ley Nacional 26.485 como una modalidad de violencia contra las mujeres. Abarca situaciones de trato deshumanizado y otras prácticas que vulneran los derechos de las pacientes durante el embarazo, el parto y el posparto.
La Defensoría del Pueblo de la Nación tiene un formulario específico para denunciar violencia obstétrica. El trámite es gratuito y no requiere patrocinio de un abogado.
En Río Negro también se puede pedir orientación y acceso a la Justicia a través de las Defensorías Oficiales, las Unidades Procesales de Familia y los Juzgados de Paz, según la vía que corresponda a cada situación. Otra alternativa es la Defensoría del Pueblo de Río Negro, que recibe reclamos por vulneraciones de derechos.
La Línea 144 brinda orientación y acompañamiento gratuitos las 24 horas, todos los días. Es un servicio de asesoramiento y no reemplaza la presentación de una denuncia judicial.