La tasa que aparece en tu factura de gas: quién la cobra y por qué no es de Camuzzi
Un concepto aparece en algunas boletas de gas de La Pampa y los vecinos no paran de preguntar. La empresa respondió quién lo cobra y por qué no es ella: el detalle que muchos miran dos veces antes de pagar.
Vecinos de La Pampa se cansaron de preguntar por un concepto que aparece en algunas boletas de gas natural y la distribuidora salió a responder: no la fija ella. Camuzzi aclaró que la "Tasa de Seguridad e Higiene" es un tributo municipal y que la empresa no lo crea ni lo define.
Según la compañía, esa tasa la establecen determinados municipios y grava la actividad que desarrollan las empresas prestadoras de servicios dentro de cada jurisdicción. Por eso termina impactando en los costos de la prestación.
Camuzzi agregó que las tasas municipales no son iguales en todas las localidades, así que su aplicación puede variar según dónde se preste el servicio.
De dónde viene el esquema que separa los tributos en la boleta
La inclusión de estos conceptos en las facturas tiene un antecedente en la regulación nacional del gas. Durante la Revisión Tarifaria Integral de 2017, el entonces Enargas dispuso que ciertos tributos provinciales y municipales —entre ellos la Tasa de Seguridad e Higiene y la Tasa de Ocupación del Espacio Público— dejaran de incluirse en el cálculo de las tarifas máximas y pasaran a figurar por línea separada en las facturas.
El objetivo declarado fue transparentar la carga tributaria y evitar que usuarios de otras jurisdicciones terminaran asumiendo esos costos.
Ese esquema se actualizó durante la gestión de Javier Milei con la Resolución 735/2023 del Enargas, sancionada el 28 de diciembre de 2023 y publicada en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2024. La norma aprobó una nueva metodología para incluir en la factura del servicio público de distribución de gas por redes los tributos locales y estableció que esos conceptos deben contar con autorización del organismo regulador.
La resolución también fijó mecanismos para que los tributos locales se trasladen según su justa incidencia y para que las distribuidoras lleven registros separados de los importes abonados a los fiscos y de los montos que se trasladan a los usuarios.
El intento de prohibir cargos ajenos al servicio
En paralelo, en septiembre de 2024 la Secretaría de Industria y Comercio dictó la Resolución 267/2024, que prohibió a las empresas incluir en las facturas de servicios públicos cargos ajenos al servicio contratado. La medida buscó impedir que se incorporaran tasas e impuestos que no correspondieran al servicio.
En el caso del gas, el propio Enargas sostuvo que su régimen específico ya exigía autorización previa para los conceptos tributarios que podían incorporarse a las facturas.
Desde 2026, las funciones regulatorias del Enargas y del ENRE fueron asumidas por el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), creado por el Gobierno nacional mediante el Decreto 452/2025.
Camuzzi sostuvo que, cuando corresponde su inclusión, la aparición del concepto en la factura responde al marco regulatorio vigente y a los mecanismos de autorización establecidos por el organismo regulador. La empresa remarcó que no crea ni determina el tributo ni actúa como agente de percepción o recaudación.
Quienes quieran consultar el detalle de su factura pueden hacerlo a través de la Oficina Virtual de Camuzzi, WhatsApp y los demás canales oficiales de atención de la empresa.