La Pampa celebra la citación de la Corte en la disputa por Los Nihuiles: qué reclama Mendoza

El Gobierno pampeano celebró la citación de la Corte Suprema en la causa por las regalías de Los Nihuiles, pero apuntó contra Mendoza por querer desconocer un convenio del que también obtuvo beneficios.

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La Pampa celebra la citación de la Corte en la disputa por Los Nihuiles: qué reclama Mendoza
La Pampa celebra la citación de la Corte en la disputa por Los Nihuiles: qué reclama Mendoza

El Gobierno de La Pampa calificó como "trascendente" la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de citarlo como parte obligada en el juicio que Mendoza inició para dejar sin efecto el convenio de 1992 sobre las regalías hidroeléctricas de Los Nihuiles. Para la administración pampeana, la medida garantiza su derecho de defensa y evita que se modifique un acuerdo que le reconoce derechos sin escuchar su postura.

La citación fue ordenada el 27 de agosto de 2026 en el marco de la causa "Mendoza, Provincia de c/ Estado Nacional s/ nulidad de acto administrativo – daños y perjuicios" (CSJN 140/2022), conforme al artículo 94 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Así, La Pampa intervendrá en un proceso que involucra directamente sus intereses económicos.

Los argumentos de La Pampa

El Ejecutivo provincial sostuvo que la decisión del máximo tribunal "reconoce que la Provincia mantiene un vínculo jurídico directo con la cuestión que se encuentra en discusión". En un documento oficial, remarcó que no puede pretenderse modificar o dejar sin efecto un convenio que reconoce derechos a La Pampa sin garantizar su participación en el proceso judicial.

El convenio, firmado el 7 de febrero de 1992 por Mendoza, La Pampa y el Estado Nacional, y homologado por la propia Corte, establece que las regalías hidroeléctricas correspondientes a La Pampa serán percibidas sin perjuicio de lo que pudieran establecer en el futuro las normas jurídicas o los fallos judiciales sobre la materia.

Sin embargo, el Gobierno pampeano cuestionó que Mendoza pretenda ahora dejar sin efecto el acuerdo en aquello que le resulta desfavorable —el pago de las regalías—, omitiendo que ese mismo convenio contempló otros aspectos que resultaron beneficiosos para la provincia vecina. Entre ellos, mencionó el consentimiento otorgado por La Pampa para la transferencia del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles entre el Estado Nacional y Mendoza.

"Esta pretensión resulta incompatible con el principio de buena fe que debe regir tanto el ejercicio de los derechos como el cumplimiento, interpretación y ejecución de los acuerdos", alertó. Y agregó: "La conducta de Mendoza evidencia así una contradicción fáctica y jurídica: pretende desconocer una obligación asumida en un acuerdo cuya vigencia y cumplimiento fueron parte de un esquema integral de compromisos entre las partes".

El reclamo de Mendoza

La disputa gira en torno al Decreto 1560/1973 del Poder Ejecutivo Nacional, mediante el cual se estableció que el 50% de las regalías hidroeléctricas generadas por el complejo sobre el río Atuel fueran transferidas a La Pampa. Mendoza reclama la declaración de "nulidad absoluta e insanable" de esa norma y sostiene que la detracción de fondos se realizó "sin causa alguna".

Además de pedir la anulación del decreto, la provincia vecina exige la restitución del 100% de las regalías desde 1973 y una indemnización por daños y perjuicios que, calculada a valores de diciembre de 2021, ascendía a $67.338.000.000, más intereses y costas.

Para La Pampa, la citación dispuesta por la Corte "constituye un paso institucional relevante, porque garantiza que La Pampa pueda ejercer plenamente su derecho de defensa y hacer valer los derechos que surgen del convenio". El Gobierno provincial también la interpretó como "una señal alentadora para el federalismo argentino", al asegurar que la intervención del máximo tribunal "garantiza el respeto por las reglas institucionales, la participación de las provincias y los compromisos asumidos entre ellas y el Estado Nacional".

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