La orden que no siempre alcanza: qué pasa en Santa Cruz cuando un agresor rompe la perimetral

En Santa Cruz, una perimetral puede ser la diferencia entre estar a salvo o no. Pero la orden firmada por un juez no siempre alcanza: hay un eslabón del sistema que define qué pasa cuando el agresor vuelve a aparecer, y no todos los casos cuentan con el mismo respaldo.

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La orden que no siempre alcanza: qué pasa en Santa Cruz cuando un agresor rompe la perimetral
La orden que no siempre alcanza: qué pasa en Santa Cruz cuando un agresor rompe la perimetral

Una denuncia por violencia de género puede derivar en una prohibición de acercamiento, la exclusión del hogar o la colocación de una tobillera electrónica. Pero la pregunta que sobrevuela cada expediente es otra: ¿quién controla que esas medidas se cumplan y qué ocurre cuando el agresor las ignora?

La respuesta involucra a jueces, fuerzas de seguridad, equipos interdisciplinarios y, en algunos casos, sistemas de vigilancia electrónica. En Santa Cruz, la problemática exige respuestas permanentes: solo en las Oficinas de Violencia Doméstica de Río Gallegos y Caleta Olivia se atendieron 1.824 personas durante 2024, según el último informe anual completo que pudo corroborarse.

Esa cifra, sin embargo, no permite saber cuántas prohibiciones de acercamiento se dictaron, cuántas se incumplieron ni qué decisiones se tomaron después. El dato muestra una parte del problema, no su totalidad.

Más de 1.800 personas pasaron por las oficinas judiciales

El relevamiento de 2024 desglosa las atenciones: 1.145 correspondieron a Río Gallegos y 679 a Caleta Olivia. En ambas localidades las mujeres fueron mayoría entre las personas afectadas registradas: representaron el 77,19% en Río Gallegos y el 88,76% en Caleta Olivia.

El informe también identificó situaciones de violencia que involucraron a 538 niñas, niños y adolescentes.

Los números corresponden solo a esas dos dependencias judiciales y no abarcan necesariamente todas las denuncias de la provincia, ya que intervienen otras dependencias policiales y judiciales. Tampoco equivalen a la cantidad de agresores condenados ni de restricciones perimetrales dictadas.

Qué puede ordenar un juez tras la denuncia

Frente a una denuncia por violencia, las autoridades deben evaluar los hechos y las condiciones de riesgo. La Ley Nacional 26.485 contempla medidas preventivas urgentes para proteger a las mujeres.

Entre las decisiones posibles aparecen la prohibición de acercamiento, la prohibición de contacto, la exclusión del hogar y medidas de seguridad en el domicilio. También pueden fijarse restricciones sobre tenencia de armas y disposiciones para proteger a niñas, niños y adolescentes.

No hace falta esperar una condena penal para que un juez adopte estas medidas: su finalidad es evitar nuevos episodios mientras avanza la causa. Pero una prohibición de acercamiento no implica automáticamente que haya un policía custodiando el domicilio ni que el denunciado lleve una tobillera. Los mecanismos de control dependen de cada caso y de lo que dispongan las autoridades.

¿Quién controla que se cumpla una perimetral?

El artículo 34 de la Ley 26.485 establece que los jueces deben controlar la eficacia de las medidas adoptadas durante el trámite. Ese seguimiento puede concretarse con la comparecencia de las partes, la intervención de equipos interdisciplinarios y la elaboración de informes periódicos.

La obligación legal, entonces, no termina con la firma de una resolución y su notificación: también abarca mecanismos para evaluar si las decisiones resultan adecuadas y efectivas. Las fuerzas de seguridad pueden intervenir en el cumplimiento de las órdenes y deben actuar cuando la situación lo requiera.

Sin embargo, no todas las causas tienen el mismo seguimiento ni disponen de vigilancia electrónica. Conocer cómo se aplican estos mecanismos en Santa Cruz es clave para dimensionar el alcance real de la protección.

Qué pasa si el denunciado rompe la perimetral

Incumplir una prohibición de acercamiento tiene consecuencias judiciales. Si el denunciado aparece en un lugar al que tiene prohibido ir, intenta contactar a la persona protegida o viola otra condición impuesta, la situación debe denunciarse ante las autoridades. Ante peligro inmediato, corresponde pedir asistencia policial al 911.

El artículo 32 de la Ley 26.485 señala que, frente al incumplimiento, el juez puede evaluar la modificación o ampliación de las medidas preventivas. Si los incumplimientos se repiten, la normativa prevé sanciones adicionales. Y cuando la conducta configura desobediencia a la autoridad u otro delito, corresponde dar intervención a la Justicia penal.

Esto significa que una persona puede enfrentar consecuencias penales por desobedecer una orden judicial, más allá de la investigación original por violencia. Pero no toda denuncia de incumplimiento deriva automáticamente en una detención: las decisiones dependen de la situación concreta, las pruebas reunidas y las facultades de las autoridades intervinientes.

Tobilleras electrónicas: cómo funcionan y a quiénes se colocan

Santa Cruz incorporó dispositivos electrónicos duales para supervisar determinadas medidas de protección. Se trata de sistemas que monitorean la distancia entre una persona alcanzada por una restricción judicial y otra que necesita protección. Mediante geolocalización, pueden generar alertas cuando detectan proximidad que vulnera las condiciones establecidas.

En octubre de 2022, el Gobierno nacional anunció un convenio con Santa Cruz para ampliar la disponibilidad de estos equipos hasta alcanzar 150 dispositivos. En ese momento se informó que 55 pulseras duales estaban activas en la provincia.

Esos números, no obstante, corresponden a 2022 y no permiten saber cuántos equipos están operativos en la actualidad, cuántas personas están monitoreadas ni cuántas alertas se registraron en el último año. Son datos relevantes para evaluar el funcionamiento actual del sistema.

Qué ocurre cuando una tobillera emite una alerta

Los dispositivos duales están diseñados para advertir situaciones de proximidad o posibles incumplimientos de las restricciones judiciales. Cuando se genera una alerta, los operadores responsables del monitoreo deben aplicar los procedimientos previstos para verificar la situación y activar las intervenciones correspondientes. Según las circunstancias, puede ser necesaria la participación de las fuerzas de seguridad.

Pero estos equipos no garantizan de manera absoluta que una persona nunca pueda acercarse a otra. Su función es facilitar la detección de posibles incumplimientos y habilitar una respuesta institucional. Por eso, la tecnología debe integrarse en un sistema más amplio de evaluación del riesgo, protección y seguimiento.

La Justicia sumó nuevas herramientas de coordinación

En marzo de 2026, autoridades de las Oficinas de Género y Violencia Doméstica del Poder Judicial se reunieron con representantes del Ministerio de Seguridad y de la Policía de Santa Cruz. El encuentro, encabezado por la coordinadora de las oficinas judiciales, Sabrina Granero, abordó la continuidad del trabajo conjunto mediante el Sistema Integral de Denuncias (SID) y analizó el uso de los dispositivos duales.

El objetivo de estas herramientas es mejorar el registro de los hechos denunciados y facilitar la articulación entre las dependencias policiales y judiciales. Más recientemente, el 8 de octubre, el Poder Judicial difundió una capacitación sobre acceso a la Justicia y obligaciones estatales frente a la violencia contra las mujeres, con especial énfasis en la necesidad de adoptar medidas oportunas y eficaces.

Las preguntas que siguen sin respuesta

Las estadísticas de atención permiten dimensionar cuántas personas recurren a determinados organismos judiciales, pero queda otra información igual de importante para evaluar el sistema de protección: ¿cuántas restricciones de acercamiento se dictaron en Santa Cruz durante 2025 y 2026? ¿Cuántas denuncias por incumplimiento se registraron? ¿Cuántas derivaron en nuevas medidas, intervenciones policiales o causas penales? ¿Cuántos dispositivos duales están en funcionamiento y cuántas alertas de proximidad se produjeron?

Hasta el momento no fue posible corroborar una estadística pública provincial consolidada y actualizada que reúna todos esos indicadores. Esto no significa que las instituciones carezcan de registros ni que exista un incumplimiento generalizado: significa que los datos disponibles para esta investigación no permiten evaluar de manera completa los resultados de las medidas de protección.

Qué hacer si la persona con prohibición de acercamiento vuelve a aparecer

Cuando existe una orden judicial vigente y el denunciado incumple la restricción, es importante comunicar la situación de inmediato a las autoridades. Si hay peligro actual, amenazas o riesgo de agresión, hay que solicitar asistencia policial al 911.

Siempre que sea seguro hacerlo, conservar mensajes, comunicaciones u otros elementos que permitan documentar el incumplimiento puede resultar útil para las actuaciones judiciales. No es recomendable intentar enfrentar personalmente a quien está violando una medida de protección.

Para orientación y acompañamiento ante situaciones de violencia de género está disponible la Línea 144, gratuita y activa las 24 horas. Es importante recordar que brinda asesoramiento y contención, pero no reemplaza la intervención policial frente a una emergencia.

El desafío: que la protección no termine con una resolución

La Justicia cuenta con herramientas legales para intervenir en situaciones de violencia doméstica y de género. Las restricciones de acercamiento, las exclusiones del hogar, los dispositivos electrónicos y las medidas de seguimiento pueden contribuir a reducir los riesgos.

Pero la efectividad de la protección también depende de la evaluación permanente de cada situación, la coordinación entre instituciones y la respuesta ante posibles incumplimientos. En Santa Cruz, las cifras oficiales muestran que miles de personas acudieron a los organismos especializados en los últimos años.

Conocer qué sucede después de cada denuncia, cómo se controlan las medidas dictadas y cuáles son los resultados de ese seguimiento es información de interés público. Porque la pregunta central no es solo qué puede ordenar un juez, sino cómo se garantiza que esa decisión se cumpla cuando alguien necesita protección.

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