La nueva Ley Penal Juvenil: 152 chicos ya pasaron por la Justicia en San Luis

La nueva ley llega con números que sorprenden: la mayoría de los chicos que pasaron por la Justicia en San Luis tenía 16 o 17 años. Pero hay un dato sobre las medidas que recibieron que cambia la mirada.

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La nueva Ley Penal Juvenil: 152 chicos ya pasaron por la Justicia en San Luis
La nueva Ley Penal Juvenil: 152 chicos ya pasaron por la Justicia en San Luis

Desde el 5 de septiembre, la Argentina pondrá en marcha el nuevo Régimen Penal Juvenil, que baja la edad de responsabilidad a los 14 años. En San Luis, el cambio encuentra una estructura judicial que ya intervino en 152 casos de menores durante 2024.

La Ley N°27.801, sancionada el 27 de febrero y promulgada en marzo, reemplazará al régimen de la Ley 22.278, vigente desde 1980. El nuevo sistema alcanzará a adolescentes de entre 14 y 17 años acusados de delitos, con una escala de sanciones que va desde la amonestación hasta la privación de la libertad, pero con un tope de 15 años de pena.

Los números de San Luis

Según el último relevamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, durante 2024 ingresaron al sistema judicial provincial 152 niños, niñas y adolescentes por causas penales, vinculados a 165 expedientes.

La mayoría tenía 16 y 17 años: el 34,9% tenía 17 y el 25% tenía 16, es decir, casi seis de cada diez. Los de 15 representaron el 15,8%; los de 14, el 11,2%; los de 13, el 4,6%; y hasta 12 años, el 8,6%. Del total, el 74,3% fueron varones y el 25,7%, mujeres.

Con la nueva ley, los adolescentes de 14 y 15 años, que antes no podían ser considerados punibles, quedarán comprendidos. Pero eso no significa que vayan automáticamente a prisión: el régimen prioriza alternativas al encierro.

Qué delitos aparecen

De las 165 causas registradas en 2024, casi la mitad (49,1%) quedó en la categoría “Otros / En investigación”. Entre los delitos específicos, los contra la propiedad lideraron con el 18,2% (robos, hurtos, estafas, extorsiones y daños). Le siguieron los contra la fe pública (8,5%), contra la integridad sexual (6,7%), contra las personas y contra la administración pública (ambos con 6,1%). Los contra la libertad representaron el 3%; los de leyes especiales, el 1,8%; y contra la seguridad pública, el 0,6%.

Durante ese período, solo dos adolescentes estuvieron con medidas de privación de la libertad, ambos varones de 17 años y bajo modalidad domiciliaria. Otros seis tuvieron medidas no privativas, como libertad asistida o vigilada.

Qué cambia desde septiembre

El juez del Colegio de Jueces de San Luis, José Luis Flores, destacó que la norma define con mayor precisión el objetivo del sistema: fomentar el sentido de responsabilidad y procurar la educación, resocialización e integración social del adolescente. “Esto no es nuevo, es algo que ha preexistido, al menos en la aplicación judicial, pero hoy es bueno poder apreciarlo expresamente y achicar los márgenes de interpretación”, explicó.

La ley prohíbe la prisión o reclusión perpetua para adolescentes y establece un máximo de 15 años de pena, incluso si hay concurrencia de delitos. Además, ordena la respuesta de menor a mayor gravedad: amonestación, prohibición de acercamiento a la víctima, restricciones para concurrir a lugares, prohibición de salir del país, servicios comunitarios, reparación del daño y monitoreo electrónico.

Un ejemplo: ante el robo de un celular sin armas ni violencia grave, el fiscal puede aplicar el criterio de oportunidad, la mediación penal juvenil (con consentimiento de la víctima) o la suspensión del proceso a prueba, que puede durar entre uno y tres años e incluir la reparación del daño. Recién si esas herramientas fracasan, se avanza hacia otras sanciones.

Educación, salud y trabajo

La aplicación de la ley no dependerá solo de jueces y fiscales. Incluye medidas vinculadas con educación, capacitación laboral, formación ciudadana, deporte, cultura, tratamientos médicos o psicológicos y abordaje de consumos problemáticos. Eso obligará a coordinar con áreas del Estado provincial, como Educación, Salud y la Universidad Provincial de Oficios, según Flores.

“Hay que tratar de utilizar los elementos o herramientas de las políticas que el Estado ha ido implementando en estos años y acondicionarlas para que empiecen a funcionar en torno a los fines y principios que regulan la legislación”, sostuvo.

Protección de identidad y víctimas

La ley prohíbe publicar nombres, sobrenombres, filiación, parentesco, residencia, fotografías o cualquier dato que permita identificar a un adolescente imputado, salvo excepciones legales. La restricción alcanza a medios, plataformas y publicaciones digitales. También fortalece el rol de las víctimas: derecho a ser informadas, escuchadas, participar del proceso, recibir asistencia especializada y acceder a patrocinio jurídico gratuito.

El desafío para San Luis

La privación de la libertad podrá cumplirse en domicilio, instituto abierto o establecimiento especializado, pero nunca junto a adultos. La ley exige operadores especializados y supervisores con formación específica. Para la puesta en marcha, la Nación asignó inicialmente más de $23.739 millones y habilitó convenios con las provincias.

San Luis llega con juzgados con competencia penal juvenil en sus tres circunscripciones y una cantidad de casos menor a la de los grandes centros urbanos. La estadística de 2024 muestra que la delincuencia juvenil existe, pero su dimensión permite pensar en intervenciones individualizadas.

Desde el 5 de septiembre, el desafío será más complejo que bajar una edad en el Código Penal: investigar y sancionar cuando corresponda, proteger a las víctimas y evitar que un adolescente que ingresa a la Justicia consolide una carrera delictiva. Allí estará la verdadera prueba de la nueva ley.

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