La masacre de Rincón Bomba quedó sin culpables y ahora la pelea se muda a Casación
¿Qué encontró la Cámara de Resistencia para cerrar la causa sin escuchar a nadie y por qué la Fiscalía ahora juega su última carta en Casación?
La Masacre de Rincón Bomba, ocurrida en 1947 en Formosa contra el pueblo pilagá, volvió al centro de una disputa judicial que podría definir si el Estado argentino es juzgado alguna vez por uno de los episodios más graves de violencia contra pueblos originarios. La Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia presentó un recurso de queja ante la Cámara Federal de Casación Penal para destrabar el pedido de un Juicio por la Verdad que las instancias inferiores rechazaron.
El organismo, integrado por los fiscales generales Patricio Sabadini y Federico Carniel, junto a los auxiliares fiscales Horacio Rodríguez y Diego Vigay, sostiene que la Cámara Federal de Resistencia cerró la vía penal sin darles oportunidad de ser escuchados. Para la Fiscalía, esa decisión deja a las víctimas sin ninguna instancia futura de justicia.
Qué pasó en Rincón Bomba
El hecho ocurrió en 1947 en territorio formoseño. Centenares de integrantes del pueblo pilagá —entre ellos niños, mujeres, ancianos y hombres— murieron en un operativo atribuido a fuerzas del Estado nacional. La Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá, constituida como querellante, pidió que la Justicia penal tramitara un juicio oral y público para reconstruir la verdad de lo sucedido, después de que falleciera el único imputado que seguía con vida.
Un pedido rechazado y una apelación frustrada
El Juzgado Federal de Formosa rechazó en mayo ese pedido, al considerar que los hechos ya habían sido abordados en un juicio civil por daños y perjuicios. La Federación Pilagá apeló, pero la Cámara Federal de Resistencia declaró en agosto que el recurso estaba “mal concedido”: sostuvo que la resolución cuestionada no encuadraba entre las apelables y que no existía un perjuicio grave que justificara habilitar esa vía. La Cámara resolvió esto el mismo día en que recibió el expediente, sin dar traslado ni intervención a ninguna de las partes.
Ante esa decisión, la Fiscalía de Derechos Humanos planteó un recurso de reposición y, en caso de que no prosperara, un recurso de casación. Argumentó que la resolución se dictó sin ningún tipo de debate previo —lo que considera una violación al derecho de defensa— y que, en los hechos, equivale a una sentencia definitiva: cierra para siempre la posibilidad de que un tribunal penal investigue y juzgue la responsabilidad del Estado por la masacre, ya que no queda ningún otro imputado con vida. La Cámara Federal de Resistencia rechazó también ese planteo a comienzos de septiembre, lo que llevó a la Fiscalía a presentar la queja ante la instancia superior.
Los argumentos centrales del recurso
En el escrito, los fiscales sostienen que la negativa a habilitar la apelación les impidió ejercer su función de impulsar la investigación de crímenes de lesa humanidad, un rol que la ley les asigna como garantes del control de legalidad. Señalan que el trámite careció de sustanciación: la Cámara resolvió sin escuchar previamente ni a la querella ni al Ministerio Público, lo que a su criterio vulnera el principio de contradicción que debe regir cualquier proceso judicial.
En cuanto al fondo, la Fiscalía plantea que la resolución impugnada debe equipararse a una sentencia definitiva, porque produce un daño imposible de reparar por otra vía: sin un juicio penal, se pierde la oportunidad de que las decenas de testimonios de sobrevivientes, la prueba documental y los estudios históricos disponibles se expongan en un proceso oral, público y transmitido, con la capacidad de establecer judicialmente la responsabilidad del Estado. Los fiscales remarcan que el juicio civil que ya tramitó el caso, aunque reconoció una reparación económica, no tuvo audiencias públicas ni la participación de la mayoría de las víctimas, y no estableció ni el número de víctimas ni los delitos cometidos.
Como antecedente, el escrito recuerda el Juicio por la Verdad realizado por la Masacre de Napalpí en 2022, que sí se llevó adelante con audiencias públicas, decenas de testimonios y una sentencia que reconstruyó el contexto histórico y ordenó medidas de reparación integral, hoy en ejecución con participación de organismos estatales y de las comunidades afectadas. Para la Fiscalía, ese antecedente demuestra que un proceso similar es viable también para Rincón Bomba.
Gravedad institucional y compromisos internacionales
El recurso también invoca la gravedad institucional del caso, al considerar que la cuestión trasciende el interés de las partes y compromete la responsabilidad internacional del Estado argentino en materia de juzgamiento de crímenes de lesa humanidad. Los fiscales citan tratados y convenciones internacionales —incorporados a la Constitución Nacional— que imponen a los Estados la obligación de investigar, identificar responsables y reparar integralmente estas violaciones graves a los derechos humanos, y advierten que cerrar esta vía judicial podría exponer al país a sanciones en foros internacionales.
Con ese fundamento, la Fiscalía de Derechos Humanos pidió a la Cámara Federal de Casación Penal que revoque la decisión de la Cámara de Resistencia, habilite el recurso de casación y ordene dictar una nueva resolución sobre el fondo del pedido de Juicio por la Verdad. También dejó planteada la reserva de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación si la respuesta de Casación resultara adversa.

