La Justicia le había dado domiciliaria a la madre de Thiago: el fiscal encontró algo en el celular y pidió revertirlo

El juez le había dado domiciliaria a la madre y 30 días al otro imputado. El fiscal apeló y sumó un elemento que, según su planteo, cambia el escenario: los mensajes del celular de la joven sobre una golpiza anterior al nene.

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La Justicia le había dado domiciliaria a la madre de Thiago: el fiscal encontró algo en el celular y pidió revertirlo
La Justicia le había dado domiciliaria a la madre de Thiago: el fiscal encontró algo en el celular y pidió revertirlo

El fiscal penal Daniel Espilocín no quedó conforme con la resolución del juez Antonio Pastrana y presentó un recurso de apelación para revertirla. Su pedido es concreto: que la madre del niño de dos años vuelva a prisión preventiva y que su pareja permanezca detenida cuatro meses, en lugar de los 30 días fijados.

La decisión que busca anular se tomó el 22 de octubre en el distrito Centro. Pastrana había otorgado arresto domiciliario a la joven de 19 años, imputada provisionalmente como autora de homicidio agravado por el vínculo, y había limitado a un mes la preventiva del hombre de 32 años, acusado de homicidio agravado por alevosía.

El punto que el fiscal no acepta

Uno de los ejes de la apelación es una consideración del magistrado: que la muerte del nene “podría obedecer a comportamientos culposos”. Para el representante del Ministerio Público Fiscal, esa frase no tiene sustento porque no aclara a cuál de los dos imputados se refiere ni menciona qué pruebas permitirían sostener esa posibilidad.

Espilocín apeló a los resultados de la autopsia. El estudio determinó que el fallecimiento se produjo por una insuficiencia respiratoria provocada, con lesiones en el labio y el cuello, conclusión respaldada además por los análisis de anatomía patológica. A eso se suman los estudios del Servicio de Biología Molecular, que detectaron material genético del hombre de 32 años en el cuerpo del menor.

Frente a la hipótesis de una conducta culposa, el fiscal fue directo: “Resulta contrario a la lógica y hasta difícil de deducir como una asfixia mecánica provocada tapando la boca y la nariz de un menor pueden ser consecuencia de un comportamiento culposo”.

La Fiscalía sostiene, como hipótesis de la investigación, que el acusado habría provocado la muerte del pequeño mediante maniobras de asfixia y sofocación.

Los mensajes que complican a la madre

Respecto de la joven, el fiscal señaló que durante la investigación aparecieron elementos nuevos que deberían haberse evaluado antes de definir su libertad o la modalidad de detención. Entre ellos mencionó conversaciones extraídas de su teléfono celular que, según la hipótesis fiscal, mostrarían que estaba al tanto de un episodio previo de violencia física de su pareja contra el niño.

Ese episodio le habría dejado lesiones en el rostro al menor. Sin embargo, la madre habría atribuido después esas heridas a un accidente mientras el chico jugaba, pese a conocer lo que había pasado. Para Espilocín, esos datos refuerzan la acusación por la conducta omisiva que se le reprocha y resultan necesarios para determinar si siguen vigentes los riesgos procesales que justifican la preventiva.

El fiscal también rechazó que se haya fundamentado de qué manera el arresto domiciliario neutralizaría el peligro de fuga de la mujer, sobre todo por la gravedad de los delitos atribuidos y las penas previstas.

La discusión por los 30 días

En cuanto al hombre de 32 años, el plazo de 30 días se fijó en función del tiempo estimado para presentar el requerimiento acusatorio. Para el fiscal, el hecho de que la investigación termine no hace desaparecer automáticamente el riesgo de fuga; al contrario, consideró que la cercanía de un eventual juicio puede aumentarlo.

También cuestionó que el juez incorporara en su resolución consideraciones que, según la presentación fiscal, no fueron planteadas por las defensas en la audiencia. Recordó que el Código Procesal Penal prevé el peligro de fuga y el entorpecimiento de la investigación como presupuestos alternativos para justificar una medida cautelar, sin exigir que se den los dos a la vez.

Cómo fue el caso

El hecho que originó la causa ocurrió el 22 de junio. Ese día la madre trasladó al niño de dos años al hospital Papa Francisco y, por la gravedad de su estado, fue derivado en código rojo al hospital Materno Infantil, donde ingresó sin signos vitales.

Con el avance de la investigación, la Fiscalía atribuyó provisionalmente al hombre de 32 años haber provocado la muerte del menor mediante asfixia y sofocación, mientras que a la madre se le reprocha una conducta omisiva frente a lo ocurrido.

En su recurso, Espilocín pidió declarar la nulidad de la resolución del 22 de octubre y disponer cuatro meses de prisión preventiva para ambos imputados. Además, solicitó que al cumplirse ese plazo se realice una nueva audiencia para evaluar si se mantienen los presupuestos que sostienen la medida cautelar.

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