La Justicia le cerró la puerta a Anabela Lucero: quién sigue manejando la causa Molino Fénix

¿Qué encontró el Colegio de Jueces para dejar a Santiago Ortiz al frente de la causa Molino Fénix y mantener firme la imputación contra el empresario Christian Becher?

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La Justicia le cerró la puerta a Anabela Lucero: quién sigue manejando la causa Molino Fénix
La Justicia le cerró la puerta a Anabela Lucero: quién sigue manejando la causa Molino Fénix

El Tribunal N°3 del Colegio de Jueces de la Segunda Circunscripción rechazó la apelación de la defensa de Anabela Lucero y confirmó que el juez Santiago Ortiz continuará al frente de la investigación por presuntas irregularidades y desvíos de fondos públicos en el Complejo Molino Fénix y la Casa de la Música de Villa Mercedes.

La resolución, adoptada por María Bocca, Cintia Martín y Marcelo Bustamante Marone, valida el fallo que Ortiz había dictado el 30 de septiembre y desestima el intento del abogado Adriel Cabello de correr al magistrado del expediente para derivarlo al Juzgado de Garantía N°1, a cargo de Alfredo Cuello.

El argumento que no prosperó

La defensa sostuvo que los hechos centrales de la causa habrían ocurrido entre el 8 y el 10 de diciembre de 2023 y que, según el sistema de turnos de ese momento, correspondía intervenir a otro juzgado. Cabello invocó la garantía del juez natural y afirmó que la permanencia de Ortiz vulneraba el artículo 18 de la Constitución Nacional y las normas del Código Procesal Penal provincial.

El Tribunal descartó esa lectura. Los jueces explicaron que todos los juzgados de Garantías de la Segunda Circunscripción fueron creados con idéntica competencia material, territorial y funcional, y que los turnos son apenas un mecanismo administrativo para repartir expedientes, sin alterar esa competencia.

Además, remarcaron que la investigación excede lo sucedido en diciembre de 2023.

La fecha de junio que sostuvo la competencia

Entre los episodios denunciados figura uno del 15 de junio de 2023, cuando el juzgado de Ortiz estaba de turno. Ese dato resultó determinante para validar su intervención.

El Tribunal aplicó también las reglas de conexidad del Código Procesal Penal, ya que el expediente reúne varios hechos presuntamente vinculados y con calificaciones de gravedad similar. En esos casos corresponde preservar la unidad de la investigación y tomar como referencia el primero de los episodios.

“La existencia de un primer episodio fechado, correspondiente al mismo turno, refuerza la conclusión de que la intervención inicial del Juzgado de Garantía N°4 no aparece como una asignación arbitraria”, señalaron los magistrados.

Para los jueces, la precisión posterior de otras fechas no puede modificar de manera retroactiva la radicación de un expediente recibido legítimamente. La denuncia había ingresado al sistema judicial el 22 de marzo de 2024, cuando Ortiz también estaba de turno.

Sin pruebas de manipulación de turnos

El Tribunal revisó el calendario oficial del Poder Judicial y no halló elementos que sugieran una alteración del mecanismo de asignación ni una subrogación irregular. Con ese respaldo, ratificó la competencia de Ortiz para seguir interviniendo.

Lucero permanece detenida con prisión preventiva. El viernes pasado, Ortiz prorrogó esa medida por 90 días más, decisión que también alcanza a Enzo Lucero y Exequiel Scarel. La coerción no implica una condena y la responsabilidad penal de los imputados deberá definirse en las etapas siguientes.

Becher sigue imputado

La misma integración del Colegio de Jueces rechazó un planteo de la defensa del empresario Christian Becher y mantuvo vigente la formulación de cargos por asociación ilícita y fraude a la administración pública, delitos que se le atribuyen como presunto partícipe necesario.

La hipótesis fiscal ubica a Becher dentro del circuito por el cual presuntamente se habrían retirado fondos públicos del Molino Fénix y de la Casa de la Música entre 2019 y 2023. Su defensa objetó seis empresas investigadas, cuestionó el valor de declaraciones testimoniales, puso en duda una planilla con información sobre 429 cheques y sostuvo que los informes de organismos de control no permitirían acreditar un perjuicio económico.

El Tribunal consideró que esos cuestionamientos pertenecen al análisis de las pruebas y no a la validez de la formulación de cargos. Recordó que esa instancia solo busca informar con claridad los hechos y delitos atribuidos para que la persona pueda defenderse, sin exigir el nivel de certeza propio de una condena.

Con ambas resoluciones, Ortiz continuará como juez de Garantías de la causa y la imputación contra Becher seguirá firme mientras avanza la investigación. El expediente permanece en etapa preparatoria, con medidas de prueba y eventuales discusiones sobre la acusación antes de definir si el caso llega a juicio oral.

La decisión del Tribunal no determina la culpabilidad de ninguno de los investigados. Solo establece que, hasta ahora, no encontró irregularidades que justifiquen apartar a Ortiz ni razones procesales para invalidar los cargos contra Becher.

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