La Justicia falló sobre la cuota que un padre no quería seguir pagando: el argumento que no le sirvió

¿Se puede dejar de pagar la cuota alimentaria de un hijo mayor de edad con discapacidad? La Cámara de Apelaciones de Santa Rosa respondió con un fallo que cambia el tablero.

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La Justicia falló sobre la cuota que un padre no quería seguir pagando: el argumento que no le sirvió
La Justicia falló sobre la cuota que un padre no quería seguir pagando: el argumento que no le sirvió

La Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de La Pampa revocó un fallo de primera instancia y obligó a un hombre a seguir pagando el 20% de sus ingresos como cuota alimentaria para su hija mayor de edad, que padece esquizofrenia.

El conflicto llegó al tribunal cuando el padre pidió el cese automático de los alimentos. Su argumento: la joven ya había cumplido 21 años, la edad límite que fija la responsabilidad parental ordinaria.

La hija se opuso y describió un contexto dramático. Según su relato, no puede trabajar porque desarrolló esquizofrenia y severos cuadros psicóticos después de haber recibido una golpiza por parte de su progenitor.

El fallo que la Cámara dio vuelta

En primera instancia, el Juzgado de Familia había reconocido la vulnerabilidad de la joven, pero tomó una decisión que generó polémica: redujo la cuota a la mitad (10%), le puso un vencimiento a un año y la obligó a iniciar un proceso para restringir su capacidad jurídica si quería seguir cobrando.

Los jueces Fabiana B. Berardi y Gustavo Arballo corrigieron esa resolución tras las apelaciones cruzadas. Para la Cámara, el Certificado Único de Discapacidad (CUD) expedido por el Estado es prueba suficiente de la condición de la joven. Por eso, declararla incapaz resultaba innecesario y, además, injusto.

Qué cambia de ahora en más

El tribunal revocó el recorte y restituyó la cuota original del 20% que regía antes. También eliminó el plazo de caducidad. De esta manera, el padre deberá seguir afrontando el descuento directo sobre su recibo de sueldo por tiempo indefinido.

La decisión se apoya en el principio de solidaridad familiar y en el deber alimentario irrenunciable entre parientes. Para los especialistas, el fallo sienta un precedente fuerte sobre los derechos de las personas con discapacidad: no hace falta declarar incapaz a alguien para que reciba el sustento que le corresponde.

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