La Justicia dio marcha atrás con el freno a la suba de luz: qué pasará con las facturas
La Cámara de Apelación de Mar del Plata suspendió la cautelar que frenaba los aumentos de luz en la Provincia. Qué pasará ahora con las facturas de EDEN, EDEA, EDES y EDELAP.
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata suspendió la medida cautelar que impedía los aumentos de electricidad en la provincia de Buenos Aires, en una decisión que impacta directamente en los usuarios de EDEN, EDEA, EDES y EDELAP.
La cautelar había sido impulsada por la Defensoría del Pueblo y ordenaba retrotraer los componentes provinciales de las tarifas al cuadro anterior, es decir, dejar sin efecto los ajustes de entre el 1,5% y el 3,5% que se aplicaban desde el 1° de agosto.
El fallo de la Cámara se produjo tras la apelación presentada por el Gobierno bonaerense y las cuatro distribuidoras eléctricas, que buscaban que se restituya el ajuste.
El origen del conflicto
En primera instancia, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca había ordenado suspender el incremento tarifario. Sin embargo, la cuestión de fondo aún no se resolvió: solo se suspendió la cautelar, por lo que el debate sobre la legalidad del aumento sigue pendiente.
Para fundamentar su reclamo, la Provincia argumentó que la aplicación de la cautelar podía comprometer la continuidad y la sustentabilidad del servicio eléctrico, al reducir los recursos disponibles para afrontar los costos de la energía, el mantenimiento de las redes, las inversiones y las obligaciones laborales y contractuales de las distribuidoras.
Además, la Fiscalía planteó dificultades técnicas para cumplir con la medida. Según informes del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), los componentes nacionales y provinciales integran un único cuadro tarifario y no pueden aplicarse de manera separada sin generar problemas en la instrumentación y el control de las tarifas.
El argumento de la Cámara
Al analizar la queja, la Cámara consideró que la Fiscalía había aportado elementos suficientes para justificar, en esta instancia preliminar, la posible existencia de un perjuicio al interés público. En particular, tuvo en cuenta los riesgos invocados para la continuidad y sustentabilidad del servicio y las dificultades técnicas señaladas por el OCEBA.
Por ese motivo, el tribunal resolvió conceder efecto suspensivo a la apelación contra la cautelar. No obstante, aclaró que esa decisión no implica pronunciarse sobre la validez de la medida dictada en primera instancia ni sobre el planteo de fondo, cuestiones que deberán analizarse al resolver el recurso principal.
La postura de la Defensoría del Pueblo
El Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino, había sostenido que “las empresas distribuidoras no pueden trasladar aumentos a las familias sin cumplir con la obligación legal de informar y debatir previamente con la sociedad”.
Desde la Defensoría destacaron que la medida buscaba “resguardar los derechos económicos de los consumidores y garantizar el derecho constitucional a una información adecuada y a la participación en la toma de decisiones tarifarias”.
Con la suspensión de la cautelar, los aumentos vuelven a regir para los usuarios de las cuatro distribuidoras, aunque el fondo del asunto continúa en discusión judicial.