La jueza que revolucionó el Derecho de Familia: “La Justicia con los ojos vendados hoy no sirve”
La jurista que marcó un antes y un después en el Derecho de Familia visitó Corrientes y dejó una definición que preocupa a los jueces: la gente está cansada de esperar respuestas. Su diagnóstico sobre los conflictos por bienes tras un divorcio puede cambiar la forma en que se resuelven los casos en los tribunales.
La reconocida jurista Aída Kemelmajer de Carlucci, referente del Derecho de Familia, visitó Corrientes y dejó una frase que sacude los cimientos de la Justicia. En el marco de una jornada organizada por el Colegio de Abogados local, la especialista aseguró que los jueces deben abandonar la rigidez técnica para atender las circunstancias particulares de cada caso, garantizando el bienestar real de los menores involucrados.
En una entrevista exclusiva con EL LIBERTADOR, Kemelmajer de Carlucci analizó las mayores dificultades que enfrentan los tribunales en la aplicación diaria de las normas, la realidad de los conflictos patrimoniales tras el divorcio y los desafíos que plantea la autonomía progresiva de los niños frente a la influencia de su entorno.
La lentitud judicial, el gran reclamo de la ciudadanía
Consultada sobre las principales trabas que observa en la práctica del Derecho de Familia, la jurista fue contundente: “La queja recurrente de la gente no apunta a una falta de preparación técnica de nuestros jueces, sino fundamentalmente a la demora en las respuestas”. Y agregó: “La gente siente que la Justicia es ‘lerda’ y que no actúa con la premura que los conflictos familiares exigen”.
En ese sentido, Kemelmajer de Carlucci señaló que los medios de comunicación instalaron la idea de que la Justicia debe resolver todo de forma instantánea, pero advirtió: “Es indudable que debemos ser más rápidos, pero en nuestro ámbito hay cuestiones de extrema delicadeza que exigen pensar y analizar detenidamente antes de decidir”.
“El juez debe quitarse la venda”
La especialista explicó que el Código Civil y Comercial, desde su primer artículo, consagra la necesidad de atender rigurosamente a las circunstancias del caso concreto. “Tomemos el principio fundamental del ‘interés superior del niño’. No podemos tratarlo como un concepto abstracto; el juez debe aplicarlo mirando al niño real de carne y hueso que tiene delante de sus ojos”, afirmó.
En esa línea, lanzó su frase más resonante: “La Justicia con los ojos vendados hoy no sirve; el juez debe quitarse esa venda, mirar de frente lo que está ocurriendo en la realidad y resolver a partir de allí”.
Los bienes de la pareja tras la ruptura: el foco de su conferencia
En esta oportunidad, Kemelmajer de Carlucci decidió apartarse de la minoridad para adentrarse en un terreno de enorme conflictividad: los bienes de la pareja tras la ruptura. “La realidad nos demuestra que la gente no solo se pelea por las personas, sino también, de manera muy frecuente, por los bienes”, aseguró.
La jurista describió una situación habitual en la práctica profesional: “Un cliente llega al estudio del abogado diciendo: ‘No, yo no quiero nada, quiero tranquilidad, quiero paz’. Sin embargo, al día siguiente llama alarmado al enterarse de que se vendió el auto”.
El gran problema técnico, explicó, es qué sucede con esos bienes desde el dictado de la sentencia de divorcio —o el fallecimiento de uno de los cónyuges— hasta que se logra realizar la partición y división de la comunidad. “Hablamos de un período de transición que teóricamente debería ser breve, pero que en la práctica judicial suele prolongarse mucho tiempo”, señaló.
Durante ese lapso surgen interrogantes complejos: si uno de los integrantes de la pareja continúa habitando la vivienda familiar, ¿corresponde exigir una compensación económica por su uso? ¿Varía la situación si hay hijos de por medio? ¿Qué ocurre con los frutos que produce, por ejemplo, una finca común?
Si bien el Código Civil y Comercial introdujo normas expresas para regular esta etapa, “tras once años de vigencia constatamos que las dificultades persisten en los tribunales”, admitió Kemelmajer de Carlucci, quien insistió en la necesidad de capacitar a abogados y funcionarios para que sepan plantear correctamente estos reclamos y así evitar que los juicios se demoren indefinidamente.
Autonomía progresiva: cuándo la voz del niño es realmente libre
Otro de los ejes de la entrevista fue el debate en torno al “adoctrinamiento” o la manipulación de los hijos en medio de las disputas de sus progenitores. Kemelmajer de Carlucci consideró que se trata de “un problema sumamente serio” y explicó que la autonomía progresiva implica que, a medida que el niño crece, su opinión adquiere mayor peso en el juicio.
“La dificultad radica en que esa voz puede estar profundamente influenciada por su entorno, llegando a niveles que calificaría de enfermizos”, afirmó. En esos escenarios, advirtió, el juez no puede actuar solo: “Resulta indispensable la intervención de equipos interdisciplinarios formados por psicólogos y otros profesionales que ayuden a descifrar si esa expresión es una voluntad verdaderamente libre o el resultado de una influencia del entorno”.
Esta tensión, aclaró, trasciende las disputas de pareja y se observa también en el ámbito de las creencias religiosas. Puso como ejemplo el caso de un chico de 12 o 13 años cuya religión no permite determinados tratamientos médicos indispensables para su salud. “Es muy probable que el joven responda con un ‘no’, no por una convicción absolutamente autónoma, sino por el temor a regresar a su hogar y ser rechazado o mirado de mala manera por su propio entorno familiar al haber transgredido sus mandatos”, detalló.
Para Kemelmajer de Carlucci, la opinión del niño siempre debe ponderarse según su edad y madurez, pero requiere ser minuciosamente verificada para certificar que se trata de una voluntad libre. “Una cosa es la influencia que habitualmente tiene un padre o una madre en la formación de sus hijos, y otra muy distinta es invadir lo que es verdaderamente la voluntad del niño”, concluyó.