La fecha límite que muchos en Nueva Jersey dejan pasar: quiénes deben mover el trámite antes del 2 de noviembre

La mayoría lo cobra sin mover un dedo, pero hay un grupo que queda afuera si no completa el PAS-1 antes del 2 de noviembre. Quiénes son y cuánto puede recibir cada uno según su edad e ingresos.

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La fecha límite que muchos en Nueva Jersey dejan pasar: quiénes deben mover el trámite antes del 2 de noviembre
La fecha límite que muchos en Nueva Jersey dejan pasar: quiénes deben mover el trámite antes del 2 de noviembre

Los residentes de Nueva Jersey tienen sobre la mesa un beneficio que puede llegar a los US$1750, pero no todos lo cobran de la misma manera: mientras unos reciben la renovación de forma automática, otros están obligados a presentar un formulario extra antes de una fecha que no se repite.

Se trata del programa Anchor, una iniciativa estatal que busca amortiguar el peso de los impuestos a la propiedad para propietarios e inquilinos. El monto final depende de tres variables: la edad, los ingresos declarados y la situación habitacional de cada solicitante.

La fecha que no admite olvidos

Según lo informado por la administración estatal en su sitio oficial, el 2 de noviembre es el último día para presentar los trámites del ciclo actual. Los desembolsos ya comenzaron: el 15 de septiembre para quienes completaron el formulario PAS-1 y el 1° de octubre para los beneficiarios inscriptos de manera automática.

Anchor convive con otras herramientas de alivio fiscal del estado, como Senior Freeze y Stay NJ. Cada una tiene sus propias reglas y procedimientos, por lo que conviene identificar cuál corresponde a cada contribuyente antes de iniciar cualquier gestión.

Cuánto cobra cada uno

Los montos se calculan tomando la edad del solicitante al 31 de diciembre de 2025 y los ingresos brutos estatales declarados ese año. De acuerdo con lo retomado por Asbury Park Press, el esquema queda así:

Propietarios de 65 años o más: hasta US$1750, siempre que sus ingresos brutos no superen los US$150 mil.

Propietarios menores de 65 años: hasta US$1500 con ingresos de hasta US$150 mil; hasta US$1000 si ganaron entre US$150.001 y US$250 mil.

Inquilinos menores de 65 años: hasta US$450.

Inquilinos de 65 años o más: hasta US$700, cifra que incluye el suplemento previsto para adultos mayores.

Para definir la elegibilidad, el estado toma el ingreso bruto de Nueva Jersey informado en la línea 29 del formulario NJ-1040. Los beneficios del Seguro Social quedan fuera de ese cálculo. En el caso de los propietarios, además hay que acreditar que la vivienda era la residencia principal y que se pagaron los impuestos inmobiliarios correspondientes.

Quiénes deben hacer el trámite y quiénes no

La administración presentó de oficio las solicitudes de la mayoría de los propietarios menores de 65 años que no reciben determinadas prestaciones por discapacidad, y también las de los inquilinos elegibles de todas las edades.

El panorama cambia para las personas de 65 años o más y para ciertos beneficiarios de prestaciones por discapacidad del Seguro Social o de Jubilación Ferroviaria: ellos deben presentar el formulario combinado PAS-1, que permite solicitar distintos beneficios de alivio fiscal a la propiedad y puede enviarse por internet o por correo postal.

Quienes no hayan recibido una notificación de renovación automática deberían verificar su situación y, si corresponde, presentar la solicitud. Para evitar contratiempos, conviene tener a mano los datos personales, la información de la vivienda y los registros de ingresos antes de completar el formulario.

Los requisitos para los inquilinos

Los inquilinos también pueden acceder al beneficio si cumplen las condiciones del programa. Deben haber alquilado y ocupado una vivienda en Nueva Jersey como residencia principal al 1° de octubre de 2025, figurar en el contrato de arrendamiento y haber pagado el alquiler correspondiente.

Además, sus ingresos brutos estatales de 2025 no pueden superar los US$150 mil y la vivienda alquilada debe estar sujeta a impuestos locales sobre la propiedad. Entre las opciones que pueden cumplir esa condición aparecen ciertas unidades de condominios, cooperativas, casas móviles y viviendas subsidiadas que pagan esos impuestos.

Quedan afuera quienes viven en propiedades exentas de impuestos inmobiliarios, como determinadas viviendas públicas, residencias universitarias y edificios pertenecientes a organizaciones religiosas, benéficas o sin fines de lucro. Si varias personas figuran en un mismo contrato, cada una debe presentar su propia solicitud para reclamar el beneficio individual.

Cómo pedirlo y cuándo llega

El trámite puede hacerse a través del portal estatal de alivio de impuestos a la propiedad o enviando el formulario PAS-1 en papel. La vía digital permite elegir entre depósito directo y cheque; en los envíos postales, el pago se hace mediante cheque.

Durante la gestión en línea puede solicitarse una verificación de identidad a través de ID.me. Para completarla, el contribuyente puede necesitar licencia de conducir, identificación estatal o pasaporte, además de los datos que pida el sistema.

El pago suele acreditarse dentro de los 90 días posteriores a la presentación de la solicitud. Los interesados pueden consultar el estado del trámite en los servicios digitales del estado o comunicarse con la línea de asistencia al 1-888-238-1233.

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