La defensa pidió clemencia, pero los jueces vieron algo en el relato que selló su suerte

¿Qué encontraron los jueces en el relato de la víctima que hizo caer todos los argumentos de la defensa? La respuesta está en los fundamentos que nadie esperaba.

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La defensa pidió clemencia, pero los jueces vieron algo en el relato que selló su suerte
La defensa pidió clemencia, pero los jueces vieron algo en el relato que selló su suerte

El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa ratificó la condena a seis años de prisión contra un joven que violó a una amiga y compañera durante una fiesta de Último Primer Día (UPD) en marzo de 2025. La defensa había intentado torcer el fallo apelando a la juventud del condenado y al alcohol, pero no tuvo éxito.

La Sala “B” del tribunal, integrada por los jueces Mauricio Piombi y María Paola Frigerio, confirmó la pena impuesta a F.H.C., hallado culpable de abusar sexualmente de una amiga de 17 años. El hecho ocurrió en la madrugada del 5 de marzo en un galpón alquilado por estudiantes para la celebración.

El ataque en el estacionamiento

Según quedó acreditado en el juicio, en medio de un contexto de alto consumo de alcohol y ante la falta de baños en el predio, la víctima cruzó un cerco hacia el sector de estacionamiento para orinar. Fue allí cuando el condenado la interceptó, ignoró sus reiteradas negativas, la acorraló contra un automóvil, le arrancó la ropa interior y la violó.

La defensora oficial Paula Arrigone intentó revertir el fallo de primera instancia, dictado originalmente por el juez Andrés Olié. Cuestionó la validez del testimonio de la víctima en la Cámara Gesell alegando que no se le había tomado juramento, relativizó la prueba médica y genética, y argumentó que aplicar el mínimo legal de seis años a un joven que llevaba apenas 20 días siendo legalmente mayor de edad resultaba “inhumano y desproporcionado”. Incluso solicitó que se le impusiera una pena en suspenso.

Los fundamentos del rechazo

Los magistrados de alzada desestimaron de plano los agravios. En los fundamentos, el juez Piombi destacó la firmeza, coherencia y contundencia del relato de la adolescente, que encontró rápido respaldo en las lesiones físicas constatadas por los médicos esa misma noche y en el profundo daño psicológico diagnosticado posteriormente por los peritos.

Además, el tribunal fue tajante respecto a la edad del agresor: al momento del hecho tenía 18 años cumplidos, por lo que la ley penal para adultos se aplica de manera irrestricta. Los jueces remarcaron que no tienen la facultad de ignorar el límite de edad fijado por el legislador.

La ratificación de la condena pone bajo la lupa los niveles de descontrol y vulnerabilidad a los que están expuestos los adolescentes en las fiestas del UPD.

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