La Corte Suprema metió un cambio de tiempos y la Ley de Tierras quedó al borde de una definición

La Corte Suprema metió un cambio de tiempos que dejó al expediente a un paso de una definición clave sobre la Ley de Tierras. Con dos conjueces nuevos, el caso que cuestiona el DNU de Milei avanza más rápido de lo esperado.

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La Corte Suprema metió un cambio de tiempos y la Ley de Tierras quedó al borde de una definición
La Corte Suprema metió un cambio de tiempos y la Ley de Tierras quedó al borde de una definición

La Corte Suprema de Justicia apuró los plazos en la causa que puede reabrir el debate sobre la Ley de Tierras que Javier Milei derogó a través del DNU 70/23. Con una resolución firmada este miércoles, el máximo tribunal dispuso que la integración con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci quede firme en apenas 24 horas, cuando el plazo habitual era de 72.

El dato no es menor: en el expediente hay un pedido de medida cautelar que, si prospera, podría volver a poner en vigencia las restricciones para que extranjeros compren tierras rurales en el país.

Qué dice la resolución de la Corte

El texto firmado por el alto tribunal es breve, pero deja ver la urgencia con la que se está moviendo el caso. La Corte sostuvo que, “en atención a las particulares circunstancias de la causa”, correspondía abreviar el plazo para consentir la nueva integración.

En concreto, notificó a las partes que Barroetaveña y Pérez Curci “han aceptado el cargo” y fijó en 24 horas el tiempo para cuestionar esa incorporación. Además, ordenó: “A ese solo efecto, habilítanse días y horas inhábiles”.

Quiénes impulsan el expediente

La causa la llevan adelante la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. Todos cuestionan el artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales.

El planteo había quedado vinculado al expediente que inició el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que también había impugnado la derogación de la Ley de Tierras.

Pero la Corte, al resolver el caso del CECIM la semana pasada, no analizó la constitucionalidad del artículo 154. Rechazó la demanda por considerar que los excombatientes no tenían legitimación suficiente para promover ese proceso colectivo.

Ahora, los integrantes de Árbol de Pie sostienen que su situación es distinta. En una presentación ante la Corte pidieron que se aclare si aquella sentencia tiene algún efecto sobre su expediente y remarcaron que invocan “títulos de legitimación propios y diferentes” de los analizados en el caso CECIM.

Su argumento central no pasa por la soberanía nacional. Plantean derechos vinculados con la protección ambiental, la biodiversidad y los derechos de los pueblos y comunidades indígenas sobre sus territorios ancestrales.

Dos conjueces para destrabar el caso

El expediente llegó a una nueva instancia después de que los integrantes titulares de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, no alcanzaran una posición común sobre cómo continuar con el caso. Por ese motivo se sortearon conjueces.

Los elegidos fueron Diego Barroetaveña, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Con ambos incorporados, la Corte quedará en condiciones de avanzar sobre el planteo.

El efecto que podría tener la cautelar

El expediente tiene pendiente una medida cautelar. Si el máximo tribunal decidiera hacer lugar a ese pedido, podría producirse un efecto directo sobre el régimen de tierras y volver a establecer, al menos provisoriamente, las restricciones que regían antes de la derogación dispuesta por el DNU 70/23.

Por eso, la decisión de acortar de 72 a 24 horas el plazo para consolidar la integración del tribunal aparece como un movimiento relevante dentro de una disputa que volvió al centro de la escena política y judicial.

La propia Corte ya había aclarado, después del fallo sobre el CECIM, que aquella sentencia “no supone abrir juicio sobre la validez constitucional del artículo 154” del DNU 70/23 y que no afectaba otras medidas cautelares sobre el mismo tema que estuvieran siendo tramitadas en distintos tribunales.

Ahora, con la integración de Barroetaveña y Pérez Curci y el plazo reducido a apenas un día, la cuestión sobre la Ley de Tierras quedó a las puertas de una definición del máximo tribunal.

Corte Suprema de Justicia

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