La Corte Suprema le cerró la puerta al Gobierno: rechazó su jugada para saltear instancias en la reforma laboral

La Corte Suprema consideró que no se cumplían los requisitos para el recurso extraordinario. Ahora, el expediente queda en manos de dos cámaras que deberán resolver la constitucionalidad y las recusaciones. ¿Qué pasará con la reforma laboral?

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La Corte Suprema le cerró la puerta al Gobierno: rechazó su jugada para saltear instancias en la reforma laboral

El máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de per saltum presentado por la Procuración del Tesoro para que la Corte resuelva directamente la constitucionalidad de la reforma laboral. El fallo unánime de Rosatti, Lorenzetti y Rosenkrantz consideró que no se cumplían los requisitos del Código Procesal Civil para este tipo de presentación extraordinaria.

“Es inoficioso tratarlo porque el expediente ya estaba tramitando a nivel de las cámaras de apelaciones, no en primera instancia”, explicaron fuentes judiciales a LA NACION. El artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial establece que el recurso extraordinario por salto de instancia solo procede contra sentencias definitivas de primera instancia, y el caso ya había superado esa etapa.

¿Qué pasó con el expediente?

La Procuración del Tesoro presentó el per saltum el 16 de abril, luego de que el juez Horacio Ojeda declarara la inconstitucionalidad de 81 artículos de la reforma laboral. Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó esa decisión y restituyó la vigencia plena de la ley. Ahora, el expediente está dividido: por un lado en el fuero contencioso administrativo y por otro en el laboral.

La CGT no comparte la interpretación de la Corte. Fuentes de la central obrera señalaron que el máximo tribunal podría haber resuelto, y recordaron que aún no se ha pronunciado la Cámara del Trabajo porque debe resolver las recusaciones de sus integrantes. La CGT planteó además la inconstitucionalidad de la ley de cautelares contra el Estado, que habilita a la Cámara Federal a resolver cuestiones de competencia.

¿Quién define ahora?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal deberá resolver sobre la constitucionalidad de la ley, mientras que la Cámara del Trabajo debe resolver las recusaciones de los jueces Víctor Pesino y María Dora González, planteadas por la CGT. Ambos magistrados le dieron efecto suspensivo a la apelación del Gobierno contra el fallo de Ojeda.

Si la Cámara Laboral aparta a Pesino y González, y otros jueces asumen el caso e insisten en defender la incumbencia del fuero, el conflicto de competencia deberá ser resuelto por la Corte, pero solo la competencia, no el fondo del asunto.

La CGT sostiene que debe ser la Cámara del Trabajo la que resuelva, porque “como a nadie le resultaría atendible llevar un auto para arreglar a un carpintero, o a un oftalmólogo para atender una fractura, una causa laboral debe ser resuelta por especialistas”.

El procurador del Tesoro, Sebastián Amerio, había presentado el per saltum el 17 de abril para que la Corte levantara la suspensión de los principales artículos de la reforma laboral. El juez Ojeda, exfuncionario del Ministerio de Trabajo durante el kirchnerismo, había dictado una medida cautelar que congeló las principales reformas. La jueza federal Macarena Marra Giménez ya había resuelto un conflicto de competencia apartando a Ojeda y dejando la causa en el fuero contencioso administrativo, un movimiento celebrado en Balcarce 50 que ahora quedó en jaque con el nuevo revés judicial.

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