La Corte Suprema frena a Macri y enciende las alarmas en el Gobierno de Milei
¿Sabías que un simple reclamo por una multa de $700.000 terminó en un fallo histórico? La Corte Suprema acaba de ponerle un freno a los DNU y el Gobierno de Milei ya está en alerta. Enterate de todos los detalles.
La Corte Suprema de Justicia acaba de dictar un fallo que no solo tumba una decisión de Mauricio Macri, sino que también complica el escenario para Javier Milei. El máximo tribunal declaró inconstitucional un artículo del DNU 274/2019, un decreto firmado por el expresidente, y dejó en claro que el Presidente no puede pasar por encima del Congreso en ciertas materias.
El caso, que parece un simple trámite, es en realidad un golpe directo a la estrategia del oficialismo actual, que ha hecho de los decretos una herramienta central. La Corte, integrada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, fue contundente: la determinación de la competencia de los tribunales federales es una atribución exclusiva del Congreso.
¿Qué decidió la Corte Suprema?
En concreto, el máximo tribunal declaró inconstitucional el artículo 53 del DNU 274/2019, firmado por Macri en su momento. Ese artículo modificaba la competencia de los tribunales federales, algo que, según la Constitución, solo puede hacer el Congreso. La Corte resolvió que una causa contra la empresa Cencosud debe tramitar en el fuero Contencioso Administrativo Federal, tal como lo establece la ley 22.802, sancionada por el Congreso.
El fallo es un precedente clave porque limita el alcance de los DNU. La Corte sostuvo que el Poder Ejecutivo solo puede modificar una ley mediante un decreto si se acreditan condiciones excepcionales, algo que no ocurrió en este caso. De hecho, el tribunal destacó que los considerandos del decreto de 2019 no contenían “ni una sola línea” que justificara la urgencia.
El origen del conflicto: una multa millonaria
Todo comenzó en 2023, cuando la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores sancionó a Cencosud con una multa de $700.000. El motivo: en uno de sus supermercados, un producto fue facturado en caja a un precio superior al que figuraba en la góndola.
Cencosud apeló la sanción, y ahí apareció el nudo del problema. El DNU 274/2019 establecía que las apelaciones de este tipo debían ir a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Sin embargo, la Sala I de ese tribunal declaró de oficio la inconstitucionalidad de ese artículo y envió el expediente al fuero Contencioso Administrativo Federal.
La Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, en cambio, rechazó intervenir, argumentando que el caso correspondía al fuero Civil y Comercial. Así se generó una contienda negativa: ninguno de los dos tribunales quería quedarse con la causa.
El expediente llegó a la Corte Suprema, que terminó respaldando el criterio de la primera cámara y declarando inválido el artículo en cuestión. La Corte ordenó que el caso vuelva a la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, aplicando la competencia original que había fijado el Congreso.
Este fallo no solo afecta a Cencosud, sino que sienta un precedente importante para todos los DNU. Y en un contexto donde el Gobierno de Milei ha usado esta herramienta para desregular la economía, la decisión de la Corte podría ser el inicio de una batalla judicial de alto voltaje.