La AJER mueve las piezas de su estatuto: los cambios que quiere aprobar antes de fin de año
La Asociación Judicial de Entre Ríos convocó a un plenario para el 30 de octubre con un objetivo que puede cambiar el funcionamiento del gremio. Entre los puntos que se debatirán aparecen la incorporación del cupo femenino gremial, la creación de nuevas secretarías y un cambio clave en la representación de las filiales. El temario completo incluye modificaciones en varios artículos del estatuto vigente desde 1994.
La Asociación Judicial de Entre Ríos (AJER) convocó a un plenario provincial de delegados para el próximo 30 de octubre en su sede sindical de calle Libertad 170. El objetivo: declarar la necesidad de reformar el estatuto que rige desde el 16 de diciembre de 1994.
Según informó la comisión directiva, la reforma deberá comprender una serie de temas y artículos que apuntan a actualizar la vida interna del gremio. Entre los puntos centrales aparece la incorporación de las disposiciones de la Ley 25.674 de cupo femenino gremial, vigente desde 2002.
Los ejes de la reforma
El temario incluye la modificación del artículo 77° para que los plazos del estatuto se calculen en días hábiles, tal como lo exigió el Ministerio de Trabajo en la elección de 2022. También se propone cambiar el artículo 9° para sumar las secretarías de Género y de Deportes y Turismo a la comisión directiva central.
Otro de los puntos es la creación de una Comisión de Jubilados, que será designada y dependerá de la comisión directiva central. Además, se busca incorporar al artículo 59° las filiales de Chajarí, Federación, Federal y Feliciano, creadas después de la aprobación del estatuto actual, y actualizar el reglamento de las filiales.
La reforma también propone unificar la elección de autoridades de las filiales y de los órganos provinciales en un solo procedimiento convocado por la comisión directiva central y llevado adelante por la Junta Electoral Provincial. Esto evitaría duplicar tareas y responsabilidades, y permitiría pegar las boletas de las listas de candidatos a las filiales y a los órganos provinciales cuando pertenezcan a la misma agrupación.
Voto electrónico y cronograma electoral
El artículo 71° habilitaría acreditar la identidad de los electores con medios electrónicos. También se establece un cronograma electoral que contemple presentación, impugnación y oficialización de boletas, además de la confección, exhibición, impugnación y oficialización del padrón.
Se determinan los tipos de votos: válidos, nulos, impugnados y recurridos. Y el artículo 57° modifica la cantidad de delegados por filial en el plenario provincial: un delegado por filial más un delegado adicional cada cierta cantidad de afiliados. De esta manera, se incentivan las afiliaciones y se logra una representación más proporcional.
La convocatoria al plenario del 30 de octubre será el paso formal para avanzar con una reforma que busca poner al día el funcionamiento del gremio que nuclea a los trabajadores judiciales de Entre Ríos.