Justicia de Chubut autorizó a una viuda a usar los embriones que criopreservó con su esposo fallecido
Un fallo histórico en Chubut permite a una viuda usar los embriones criopreservados con su esposo fallecido. ¿Qué argumento usó la jueza para sortear el vacío legal?
Un fallo judicial en Trelew marca un antes y un después en la fertilización post mortem en Argentina. La jueza Ivana Wolansky autorizó a una mujer a continuar con el tratamiento de fertilización asistida utilizando embriones criopreservados antes de la muerte de su esposo, en un caso que no tiene precedentes por su enfoque en los derechos de la madre supérstite.
La pareja se casó en 2011 y soñaba con formar una familia. Tras años de intentos fallidos, recurrieron a un centro de fertilidad en Buenos Aires, donde en diciembre de 2019 crearon y criopreservaron embriones con gametos donados. La pandemia de COVID-19 retrasó la transferencia, y más tarde, ya radicados en Trelew, trasladaron los cuatro embriones a una clínica en Puerto Madryn. Pero el 23 de agosto de 2022, el hombre falleció por una enfermedad, dejando el proyecto en pausa.
¿Por qué la clínica se negó?
Cuando la mujer solicitó la transferencia, la clínica se negó argumentando que el Código Civil y Comercial exige un consentimiento vigente, imposible de obtener tras el fallecimiento del esposo. El caso quedó atrapado en un vacío normativo que la Justicia debió resolver.
La jueza Wolansky consideró que la ausencia de regulación específica no podía ser un obstáculo para derechos fundamentales. Integró la laguna legal apelando a la “voluntad procreacional” y al proyecto parental que la pareja construyó en vida. Además, un informe del Equipo Técnico Interdisciplinario acreditó que la mujer tiene estabilidad económica, vivienda adecuada y contención familiar para criar un hijo sola.
“Al tratarse de un proyecto monoparental, la decisión de la mujer se encuentra protegida por su derecho a la integridad, la libertad personal, la vida privada y la autonomía reproductiva”, destacó la magistrada en su fallo.
Un cambio de paradigma
La abogada Florencia Daud, especialista en fertilidad asistida, explicó que existen unos 13 antecedentes judiciales en el país: en 10 se autorizó la práctica y en 3 se rechazó. La Corte Suprema, en agosto de 2024, rechazó un pedido similar al exigir una voluntad procreacional expresa e inequívoca.
“Lo novedoso de este fallo es que no requiere el consentimiento del fallecido, ni expreso ni tácito, porque se autorizó bajo la figura de maternidad monoparental”, señaló Daud. En lugar de centrarse en la voluntad del hombre, la resolución pone el eje en los derechos de la mujer a continuar el proyecto familiar.
“Abre un precedente muy interesante porque propone una nueva forma de abordar este tipo de conflictos”, concluyó la especialista.
El fallo de Chubut se convierte así en un hito que podría influir en futuras causas sobre fertilización post mortem en Argentina.