Juez de Monteros desactiva un supuesto “Trencito” Policial y Acusó al MPF: ¿Qué dijo?

Un fallo inédito sacude la provincia y desnuda las “peores costumbres” de las fuerzas de seguridad. Un revés judicial que resonará en los pasillos de la provincia. En un fallo contundente y sin medias tintas, el juez de Monteros, Mario Velázquez, rechazó un pedido de allanamiento y le propinó un duro golpe al accionar de […]

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Juez de Monteros desactiva un supuesto “Trencito” Policial y Acusó al MPF: ¿Qué dijo?

Un fallo inédito sacude la provincia y desnuda las “peores costumbres” de las fuerzas de seguridad.


Un revés judicial que resonará en los pasillos de la provincia. En un fallo contundente y sin medias tintas, el juez de Monteros, Mario Velázquez, rechazó un pedido de allanamiento y le propinó un duro golpe al accionar de la Policía y el Ministerio Público Fiscal (MPF).

Según consigna Contexto Tucumán, La razón: una investigación plagada de irregularidades, donde se usaron métodos “inconstitucionales” y “arbitrarios” conocidos popularmente como “razzias” o “trencitos”.

Para el magistrado, no había una sola prueba sólida que justificara vulnerar la inviolabilidad del domicilio de un sospechoso. Y no solo eso, sino que cuestionó de raíz cómo se llevó adelante todo el proceso.

El caso, que se inició con el robo de una moto, terminó revelando una “moneda común” en las investigaciones policiales que, según el juez, el MPF no debería convalidar.

El “trencito” al que hace alusión el juez es la práctica de detener a personas al azar en la calle para identificarlas, fotografiarlas y ficharlas. Luego, esas imágenes son usadas por la Policía para que las víctimas reconozcan a los sospechosos.

Velázquez calificó este método como una de las “peores costumbres” de las fuerzas de seguridad, una práctica que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya condenó por ser arbitraria y violatoria de los derechos.

El fallo es contundente: no se pueden usar pruebas obtenidas ilegalmente para justificar una medida judicial.

Testigos “fantasma” y derecho de autor

El magistrado no se guardó nada. Señaló que el pedido de allanamiento se basaba en “testimonios anónimos”, una clara infracción al Principio de Contradicción.

“El imputado jamás podrá confrontar a estos testigos ‘fantasma’, ni rebatir hechos que ni siquiera se describen”, sentenció Velázquez.

El juez también reprochó que la Policía basara la identificación del sospechoso en la contextura física y la ropa. Esto, para él, se asemeja al “derecho penal de autor y no del hecho”, donde se juzga a la persona por lo que parece ser, y no por lo que hizo.

La crítica al MPF: “remozar cuestionadas prácticas”

Pero el golpe más duro fue para el Ministerio Público Fiscal, el órgano que debe defender la legalidad. Según el juez, el MPF avaló este atropello a los derechos fundamentales.

Velázquez afirmó que el accionar del Ministerio Público parecía “remozar cuestionadas prácticas autoritarias”, lo que es “incompatible con el Estado de derecho”.

El fallo, si bien rechazó el allanamiento, dejó la puerta abierta para que se vuelva a pedir si se consiguen pruebas “constitucionalmente válidas”. Pero lo que queda claro es que a partir de ahora, en Monteros, las viejas “costumbres” policiales van a tener que cambiar. O, al menos, enfrentarse a un juez que no tiene miedo de frenarlas en seco.

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