Inocencia Fiscal II: quiénes dejan de pagar Ganancias y desde cuándo rige la ley 27.826

¿Quiénes dejan de pagar Ganancias con la ley 27.826 y qué pasa con los funcionarios? La reglamentación ya salió: los detalles que cambian desde ahora.

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Inocencia Fiscal II: quiénes dejan de pagar Ganancias y desde cuándo rige la ley 27.826
Inocencia Fiscal II: quiénes dejan de pagar Ganancias y desde cuándo rige la ley 27.826

El Gobierno promulgó y reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal II, que introduce cambios de fondo en el Régimen Penal Tributario y en el esquema simplificado del Impuesto a las Ganancias. La norma, identificada como ley 27.826, entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y modifica la versión original que había sido aprobada en diciembre de 2025.

El objetivo declarado es impulsar la actividad económica y dar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes, con la expectativa de que los dólares guardados fuera del sistema ingresen al circuito formal. Además, la iniciativa limita las facultades de fiscalización de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Qué cambia en el régimen simplificado de Ganancias

Uno de los ejes centrales es la ampliación del régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias. La nueva ley eliminó los topes de ingresos anuales y de patrimonio que antes funcionaban como barrera de acceso: el esquema anterior exigía ingresos de hasta $1000 millones y un patrimonio inferior a $10.000 millones.

Con la reglamentación en marcha, ARCA también verá acotado su margen para cuestionar las declaraciones de los contribuyentes. El concepto de “discrepancia significativa” quedó flexibilizado: se configura cuando el organismo detecta un incremento del impuesto determinado o una reducción de los quebrantos impositivos de al menos el 15%, con un piso de $5 millones.

Funcionarios públicos, afuera de los beneficios

La ley excluyó de manera total e incondicional a los funcionarios públicos de los beneficios y presunciones del régimen. La restricción abarca a quienes ocupen o hayan ocupado cargos durante los cinco años anteriores a la adhesión, además de quienes estén ejerciendo esas funciones.

En tanto, si una resolución firme determina que ARCA impugnó de manera incorrecta a un contribuyente, el organismo deberá reintegrar los montos abonados más intereses, con un plazo máximo de 45 días hábiles.

Los beneficios para contribuyentes

Entre los principales cambios, la norma estableció una reducción permanente del 25% en determinadas multas por incumplimientos formales para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro.

Los grandes contribuyentes y funcionarios públicos podrán adherir al régimen simplificado de Ganancias, pero no accederán a las presunciones ni beneficios previstos en el esquema.

Por último, la ley actualizó las sanciones por irregularidades en el registro de empleados rurales: las multas por falta u omisión del contrato pueden llegar a $7,5 millones por cada trabajador afectado.

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