Galán se queda sin casación y el expediente por presunto abuso sexual sigue su curso
La Corte de Catamarca le cerró la puerta a la defensa de Galán y la investigación por presunto abuso sexual no se detiene: el diputado del MID sigue acumulando frentes judiciales y ahora se viene una definición clave sobre su futuro en la Legislatura.
La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa del diputado provincial José Javier Galán, con lo que quedó firme la decisión que ordena continuar la investigación en su contra por una denuncia por presunto abuso sexual.
El abogado José Leonardo Berber, defensor del legislador del bloque MID, había intentado llegar al máximo tribunal provincial con agravios constitucionales. Pero los jueces consideraron que la vía elegida no era la correcta.
Qué resolvió la Cámara
La medida de la Corte dejó firme el Auto Interlocutorio Nº 136/2026 de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos, que había convalidado la continuidad de la investigación jurisdiccional y ratificado que los plazos de caducidad previstos en el ordenamiento local no se aplican a este caso.
El conflicto procesal había arrancado cuando la defensa pidió ante el Juzgado de Control de Garantías de Cuarta Nominación que se declarara extinguida la investigación sumaria, con el argumento de que los plazos para sustanciarla ya habían vencido.
El juzgado rechazó ese planteo mediante el Auto Nº 765/2026. La Cámara no solo confirmó esa decisión: además declaró para este caso concreto la inconstitucionalidad del artículo 20 del Código Procesal Penal provincial. Según el tribunal, la caducidad temporal choca con las directrices constitucionales e internacionales que obligan al Estado a actuar con debida diligencia en la prevención, investigación y juzgamiento de episodios de violencia contra las mujeres.
Por qué la Corte dijo que no
Los integrantes de la Sala Penal subrayaron que, según el artículo 455 del Código, la casación solo procede frente a sentencias definitivas o que pongan fin al litigio. Esa condición no se cumple cuando se trata de una medida que simplemente permite seguir investigando.
También puntualizaron que el recurso no acreditó un perjuicio de imposible o difícil reparación posterior. Y remarcaron que el dictamen es de índole estrictamente procesal: no prejuzga sobre la existencia de los hechos denunciados ni evalúa el fondo de la inconstitucionalidad declarada.
Un panorama legal complicado
Este revés se suma a un frente judicial cada vez más intrincado para el dirigente del bloque MID, que además enfrenta pedidos de desafuero e imputaciones complementarias por presuntas amenazas agravadas con armas, exacciones ilegales y peculado de servicios vinculados al manejo de personal.
Con esta determinación de la Corte, el expediente continuará su curso reglamentario.