Freno de la Justicia al parque acuático: lo que encontraron los jueces en la Costanera Norte
La Justicia de Rosario frenó las obras del parque acuático en la Costanera Norte. ¿Qué argumentos pesaron en el fallo y qué pasará ahora con el millonario proyecto?
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario ordenó la suspensión inmediata del Decreto del Intendente N° 715/2026, paralizando de forma total y provisoria la adjudicación y las obras del parque acuático Costanera Norte. La medida, dictada el pasado 8 de junio, responde a una denuncia de los concejales de Ciudad Futura por una supuesta “vía de hecho administrativa”.
El fallo del doctor Luciano Daniel Juárez no solo frena el megaproyecto, sino que destapa un fuerte conflicto de competencia en los tribunales rosarinos. Previamente, el Juzgado de la 7ma. Nominación se había opuesto a unificar los expedientes, pero Juárez insistió en su postura de incompetencia por conexidad, señalando que “no es posible parcelar la contienda”.
¿Qué dice el fallo sobre el predio?
El eje de la impugnación es que el predio afectado —donde funcionaba el bar “Mordisco” y la Plaza “Antonio Berni”— está catalogado como Área de Reserva (ARD N° 23 “Costa Deportiva”) por la Ordenanza de Reordenamiento Urbanístico N° 9068/13. Según su artículo 14, cualquier intervención requiere un “Plan de Detalle” aprobado por el Concejo Municipal, paso que el intendente habría eludido.
Las demandas denuncian que el 15 de mayo la Municipalidad comenzó el vallado y la demolición sin un acto formal de adjudicación definitiva, configurando una vía de hecho material.
Múltiples frentes judiciales
El Municipio enfrenta un cerco judicial desde varios frentes. En el Juzgado de la 4ta. Nominación tramita un amparo ambiental de la Asociación Civil Santafesina de Guías e Instructores de Kayak (AGIKS), que denuncia alteración del ecosistema ribereño. En el Juzgado de la 3ra. Nominación, el concejal Juan Pedro Aleart exige estudios completos de impacto ambiental e hídrico.
Ante la inminencia de un daño irreversible y la pre-adjudicación de la obra a la U.T. integrada por Obring S.A. y Depaoli & Trosce Constructora S.R.L. (por $12.600.000.000 mediante Decreto 863/2026), el juez dictó una medida precautelar. Esta orden suspende inmediatamente los efectos del Decreto N° 715/26 y detiene los movimientos de suelo y construcciones de forma provisoria, hasta que el juzgado competente evalúe la medida cautelar definitiva.
Por lo pronto, las máquinas viales deberán apagarse en la zona de la Rambla Catalunya y La Florida, quedando el futuro del complejo a la espera de lo que resuelva la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario.