Frenaron un pago millonario a empleados del Ersept y el motivo preocupa a toda la administración pública
¿Sabías que un pago millonario por discapacidad fue frenado? El Tribunal de Cuentas detectó irregularidades que podrían afectar a toda la administración pública.
El Tribunal de Cuentas de Tucumán bloqueó un pago de más de 7 millones de pesos en beneficios por discapacidad a seis empleados del Ersept. La decisión, firmada el 24 de abril de 2026, cuestiona la metodología utilizada para calcular la ayuda y advierte sobre un posible efecto dominó en las finanzas provinciales.
El conflicto comenzó cuando la intervención del Ersept, encabezada por José Ricardo Ascárate, dispuso en marzo una reliquidación de los beneficios correspondientes a 2023 y 2024. En ese proceso, se incorporaron al cálculo conceptos como el sueldo anual complementario, ayudas sociales y adicionales de percepción anual, elevando el monto reconocido a $7.144.039. Sin embargo, trascendió que la metodología aplicada desde años anteriores había llevado a fijar una ayuda cercana a los $11 millones.
El Tribunal de Cuentas, a través del Acuerdo N° 1.261 firmado por los vocales Miguel Chaibén Terraf y Marcelo Vidal, consideró que ese criterio se aparta de la Ley Provincial N° 9.254 de Discapacidad. Los vocales recordaron que el beneficio tiene carácter asistencial y no salarial, destinado a cubrir tratamientos médicos y cuidados de familiares con discapacidad.
¿Por qué el Tribunal dijo que no?
En los fundamentos, el organismo sostuvo que el Ersept realizó una “lectura expansiva” improcedente al incluir conceptos extraordinarios y pagos anuales en la base de cálculo. Entre las observaciones, destaca la incorporación del aguinaldo y adicionales que el propio ente había definido como no remunerativos y no bonificables. Además, objetaron la elección del salario de diciembre como referencia, un mes en el que los ingresos son más elevados por el medio aguinaldo, lo que generó un incremento artificial del monto.
El Tribunal recordó que el criterio histórico establece que el beneficio debe calcularse sobre la remuneración del período en que se realizó el tratamiento o la asistencia. Solo excepcionalmente puede usarse otra metodología si hay una demora administrativa que perjudique al trabajador, pero en este caso los empleados ya habían cobrado el beneficio anteriormente.
Asesoría jurídica en la mira
La resolución también cuestionó a la asesoría jurídica del Ersept por un dictamen insuficiente que evitó pronunciarse sobre la legalidad de incluir conceptos extraordinarios. El Tribunal advirtió que validar ese criterio podría habilitar reclamos retroactivos con un impacto económico de difícil previsión en toda la administración pública provincial.
Por eso, el Tribunal de Cuentas resolvió rechazar formalmente la resolución del Ersept, formuló una observación con carácter de oposición y dejó sin efecto el pago hasta que se adecue a los criterios legales y contables establecidos. La decisión refuerza el rol del organismo como controlador del gasto estatal, especialmente cuando se trata de erogaciones que podrían generar precedentes.