FOPEA alertó por la causa del Puerto de Ushuaia: "Lo reservado es excepcional"

FOPEA emitió una alerta nacional por la causa del Puerto de Ushuaia y advirtió que lo que está en juego no es solo un expediente: es el derecho de los fueguinos a saber qué se hace con los fondos públicos. El juez Calvete respondió, pero su descargo dejó más preguntas que respuestas.

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FOPEA alertó por la causa del Puerto de Ushuaia: "Lo reservado es excepcional"
FOPEA alertó por la causa del Puerto de Ushuaia: "Lo reservado es excepcional"

El Foro de Periodismo Argentino emitió una alerta nacional tras la decisión del juez federal Federico Calvete de mantener restringido el acceso a un expediente clave sobre la intervención del Puerto de Ushuaia. El caso quedó incorporado al registro anual de la organización y reavivó el debate sobre el derecho ciudadano a conocer información pública.

La medida que limita la consulta del expediente por parte de terceros ajenos a la causa activó el procedimiento que FOPEA aplica en situaciones que pueden afectar la libertad de expresión. El caso fue analizado por el programa que releva estos episodios en las provincias y derivó en un pronunciamiento público difundido entre medios y redes sociales.

El periodista y monitor de FOPEA en Tierra del Fuego, Gabriel Ramonet, explicó que su tarea consistió en reunir los antecedentes de la denuncia antes de elevarla a la coordinación nacional. En ese marco, se comunicó con la secretaría privada del juez Calvete para ofrecerle la posibilidad de hacer un descargo. "Dijeron que sí, que iban a hacer un descargo, pidieron un tiempo, se los otorgamos, pero finalmente no recibimos ninguna respuesta", relató.

El descargo que nunca llegó

Sin respuesta del juzgado, Ramonet remitió las actuaciones a la coordinación nacional del programa, que debía resolver entre desestimar el caso o considerar que existía una afectación. FOPEA optó por la segunda vía y emitió un comunicado. "Constituye un antecedente nacional lo que pasó aquí", remarcó el referente.

Para Ramonet, la discusión excede al medio que inició la acción judicial. "Lo que se está defendiendo acá es la libertad de expresión y el derecho de los ciudadanos a estar informados", afirmó. Y marcó la contradicción central del caso: "Es paradójico que un medio haga una acción judicial de acceso a la información pública y el juez que tiene que resolverlo decida justamente lo contrario".

El comunicado de FOPEA tomó en cuenta estándares de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Según explicó Ramonet, la nómina de funcionarios públicos y sus remuneraciones no constituyen información que deba ser reservada bajo el argumento de que se trata de datos personales.

En ese punto, sostuvo que incluso si dentro del expediente existieran datos que requirieran protección, eso no obligaba a mantener bajo reserva la totalidad de las actuaciones. "Si hay algún dato en esta información que puede ser considerado personalísimo, puede perfectamente el juez reservar ese dato particular y difundir el resto", planteó.

Ramonet también cuestionó no haber podido conocer una explicación del juzgado. "Me interesaba saber el fundamento por el que habían tomado esta decisión. Me quedé con las ganas de saber por qué, pero no hubo ninguna respuesta", afirmó. Y sintetizó el criterio que, según sostuvo, debería regir en estos casos: "Lo reservado es excepcional. Si no vas a dar a conocer cierta información que es pública, tenés que decir por qué".

Qué respondió Calvete

El juez federal de Ushuaia respondió a los cuestionamientos en un escrito fechado el 24 de septiembre. Allí sostuvo que la causa todavía se encuentra en trámite y que será al momento de dictar sentencia cuando se determine "si se hace lugar al acceso a la información y qué elementos pueden ser de conocimiento público (algunos o todos)".

Calvete reconoció expresamente que el acceso está limitado: "El expediente es público para las partes", afirmó, y precisó que puede ser consultado por ellas a través del sistema Lex100, mientras permanece "restringido para terceros ajenos a la causa".

Asimismo, sostuvo que una de las codemandadas solicitó la reserva de documentación invocando la Ley de Protección de Datos Personales N.º 25.326 y afirmó que esa decisión habría sido "consentida por la actora", algo desmentido por este medio. Según su explicación, ello surgiría de que la parte actora pidió que la restricción fuera levantada al momento del dictado de la sentencia definitiva. Contrariamente, el Diario del Fin del Mundo pidió el levantamiento de la restricción de acceso en dos oportunidades y el urgente dictado de la sentencia porque se trata de una acción de amparo.

Finalmente, Calvete aseguró que el expediente se encuentra "próximo al dictado de la sentencia para resolver todo lo solicitado".

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