Fiestas de egresados: el defensor del Pueblo salió a frenar un cobro que ya generó consultas de padres
¿Te quieren cobrar SADAIC en tu fiesta de egresados? El defensor del Pueblo de Formosa respondió qué dice la ley y a dónde denunciar si el salón insiste con la tasa.
El defensor del Pueblo de Formosa, José Leonardo Gialluca, confirmó que las fiestas de egresados y los eventos privados con lista cerrada no deben abonar los aranceles de SADAIC, AADI ni CAPIF, y recomendó denunciar a los salones que insistan con el cobro.
La intervención del organismo se produjo después de que varios grupos de padres y estudiantes se comunicaran con la institución para consultar si las celebraciones previstas para los próximos meses debían afrontar esos derechos de autor. Las consultas llegaron tanto de manera presencial como por los correos electrónicos oficiales de la Defensoría.
Qué cambió con el Decreto 765/24
Gialluca recordó que durante 2024 y 2025 circularon interpretaciones antojadizas sobre el alcance del Decreto N.º 765/24, que modificó la reglamentación de la Ley N.° 11723 de Propiedad Intelectual y puso límites al pago de derechos de autor que administran entidades como SADAIC, AADI o CAPIF.
El funcionario sumó otro dato al panorama: el 8 de junio de este año, AADI, CAPIF y ACR (Asociación Civil Recaudadora) se disolvieron y entraron en proceso de liquidación. Esa situación hizo que la entidad dejara de desarrollar su actividad recaudatoria y que, en la actualidad, no exista nadie autorizado ni habilitado para gestionar el cobro de aranceles por comunicación pública de fonogramas.
No obstante, Gialluca advirtió que esas instituciones estarían armando una nueva estructura recaudadora para retomar los cobros, aunque ahora bajo los parámetros legales vigentes.
El fallo de Santa Fe que marcó el camino
La posición del defensor se apoya también en la causa judicial Biella SRL y otros c/ SADAIC y otros s/demanda meramente declarativa – Ordinario, que tramitó en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito en lo Civil y Comercial de la 6.ª nominación de Santa Fe. El 3 de junio de 2026 se dictó una sentencia que estableció que la "ejecución pública" exige que un evento se desarrolle en un espacio de acceso libre y dirigido a una pluralidad de personas.
Según ese criterio, cuando se trata de fiestas privadas con acceso restringido únicamente a invitados, egresados y familiares, la actividad no constituye ejecución pública y, por lo tanto, no corresponde pagar SADAIC.
Qué dicen los organizadores de eventos
Desde la Federación Argentina de la Industria de los Eventos también se pronunciaron sobre el tema. Su presidenta, María José Oliva, explicó que la cuestión está atravesada por el Decreto 765/2024, publicado en agosto de 2024, y por distintas acciones judiciales, y sostuvo que las fiestas privadas no tienen que abonar estos aranceles.
En esa línea, Gialluca indicó que desde la Federación sostienen que "ni el organizador de una fiesta privada ni el salón deben afrontar actualmente estos aranceles cuando se trata de eventos privados con lista cerrada".
El defensor también apuntó contra los salones que trasladan el costo a los clientes, en un contexto en el que, según señaló, siguen recibiendo presiones de las entidades recaudadoras.
Qué hacer si el salón insiste con el cobro
La recomendación oficial es clara: si un salón de fiestas exige o pretende cobrar estas tasas, se puede realizar una denuncia ante la Defensoría del Pueblo o ante la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Usuario de la provincia.
Gialluca también aclaró que el tema sigue en discusión en la Justicia. "Judicialmente continuamos en los estrados provinciales, litigando para que sea la Justicia la que aclare y defina el alcance y comprensión de las normativas vigentes. Este resultado será dado a conocer oportunamente", afirmó.
Para quienes tengan dudas o quieran consultar un caso particular, la Defensoría del Pueblo atiende personalmente en Padre Patiño 831, de lunes a viernes de 8 a 13 y de 18 a 20, o a través de sus correos electrónicos institucionales.