Esperaba para cruzar la avenida y un colectivo lo enganchó con un cable: el giro que dio la Justicia
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Esperaba para cruzar la avenida y un colectivo lo enganchó con un cable: el giro que dio la Justicia

El colectivo pasó, el cable se enganchó y el hombre terminó en el piso con una muñeca rota. La Justicia acaba de mover una cifra clave: la indemnización ya no será la que habían fijado en primera instancia.

Un hombre de 53 años fue arrastrado por un colectivo que llevaba enganchado un cable de acero suelto en Ituzaingó y terminó con secuelas permanentes. La Justicia elevó la indemnización que deberá cobrar a más de 13 millones de pesos.

El accidente ocurrió el 13 de abril de 2018, cuando la víctima aguardaba para cruzar la avenida. Un colectivo que circulaba por la calzada pasó arrastrando un cable de acero que estaba tirado sobre el asfalto. El cable se enganchó en su pierna izquierda, lo desestabilizó y lo hizo caer con violencia contra el pavimento.

El impacto le provocó politraumatismos y una fractura en la muñeca izquierda que requirió una operación de osteosíntesis con placa y tornillos. Con el tiempo, las lesiones le dejaron secuelas tanto físicas como psicológicas.

Qué vieron los testigos

Según declaraciones de testigos, un colectivo rojo avanzaba mientras arrastraba un cable largo y grueso, y una persona cayó al suelo después de quedar atrapada. El vehículo se detuvo más adelante y la víctima recibió atención médica de inmediato.

La demanda judicial se dirigió contra la empresa dueña del colectivo, una compañía de telecomunicaciones, una firma contratista y la aseguradora del transporte. El reclamo incluyó indemnización por incapacidad, gastos médicos, tratamiento psicológico y daño moral.

Qué argumentó la empresa de transporte

La aseguradora y la empresa de colectivos admitieron que el vehículo se había enredado con un cable, pero sostuvieron que el conductor no pudo verlo y responsabilizaron a terceros que realizaban trabajos sin señalización. La Justicia rechazó esa defensa porque no se probó el origen del cable ni la imposibilidad de frenar a tiempo.

El fallo de primera instancia consideró responsable a la empresa de transporte por el daño causado por un vehículo en circulación. En esa instancia se fijaron $5 millones por incapacidad sobreviniente, $1,2 millones para tratamiento psicológico, $50.000 por gastos médicos y $4 millones por daño moral. La condena alcanzó a la aseguradora, con un límite de cobertura de $30 millones.

En cambio, el reclamo contra las empresas de telecomunicaciones fue desestimado porque no se acreditó que el cable les perteneciera ni que estuviera relacionado con sus tareas en la zona.

Por qué la Cámara subió el monto

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revisó el caso y concluyó que la suma fijada por incapacidad física resultaba insuficiente frente a las secuelas permanentes y las limitaciones en la muñeca izquierda, además de las consecuencias laborales y cotidianas. Por eso elevó ese rubro a $8 millones.

Para el cálculo, el tribunal combinó una incapacidad física del 18% con un 5% psicológico, lo que arrojó un 21,6% de incapacidad psicofísica. El daño moral de $4 millones, los $50.000 por gastos médicos y la suma para tratamiento psicológico quedaron confirmados.

De esta manera, la indemnización total pasó de $10,25 millones a $13,25 millones. El régimen de intereses se mantuvo: 8% anual desde el accidente hasta el fallo de agosto de 2025, y luego la tasa activa del Banco Nación hasta el pago total.

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