Embargo millonario y una ley que podría cambiar todo: el giro inesperado en la causa contra el empresario azucarero
El empresario azucarero fue procesado con un embargo millonario, pero una ley de regularización fiscal podría suspender la acción penal. ¿Qué decidirá la Cámara Federal?
Ricardo Sixto Ansonnaud, empresario azucarero vinculado al Ingenio La Trinidad, enfrenta un procesamiento por asociación ilícita fiscal con un embargo de $1.000 millones, pero ahora la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán deberá decidir si la regularización de deudas frena la acción penal.
La investigación arrancó en 2018, cuando el entonces organismo recaudador —hoy ARCA— denunció presuntas maniobras de evasión tributaria, ventas de azúcar sin registrar y retenciones indebidas de aportes previsionales ligadas al Ingenio La Trinidad.
¿Quiénes están implicados en la asociación ilícita?
El 12 de marzo de 2026, el juez federal Guillermo Díaz Martínez procesó a Ansonnaud como presunto jefe de una asociación ilícita fiscal. También procesó a Santiago Gasep, Guillermo Kargachin, Fabio Seoane y Marta Fogliata como integrantes. Para Ansonnaud, el embargo fue de $1.000 millones; para los demás, de $700 millones cada uno.
Según la hipótesis, desde 2010 se habría montado una estructura de sociedades —Mijasi SRL, Azucarera del Sur SRL, Anzuc SRL, Los Chaguares SA y el Fideicomiso Azúcares del Tucumán— para explotar el ingenio y eludir obligaciones tributarias. El juez sostiene que esas empresas actuaban de forma coordinada para evadir impuestos.
El giro: una ley que podría suspender la causa
Pero la revisión del expediente trajo una sorpresa. El fiscal general Rafael Vehils Ruiz señaló que el procesamiento omitió analizar la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que creó un régimen de regularización tributaria. Según el dictamen, el juez solo consideró las leyes 27.430 y 27.799, dejando de lado que quienes regularicen sus deudas pueden obtener la suspensión de la acción penal si no hay sentencia firme.
Además, el Decreto Reglamentario 608/2024 incluyó expresamente a la asociación ilícita tributaria entre los delitos alcanzados por ese beneficio. Por eso, Vehils Ruiz consideró que antes de procesar, el juzgado debió verificar si las deudas estaban canceladas o en planes de pago.
La defensa, con los abogados Arnaldo Ahumada y Mario Salvo, fue más allá y pidió el sobreseimiento definitivo de Ansonnaud. Sostienen que las obligaciones ya fueron regularizadas y que mantener la persecución penal viola la ley. También invocan el principio de la ley penal más benigna para extinguir la acción penal. Como alternativa, piden que la Cámara ordene a ARCA un informe antes de decidir.
Ahora la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán debe resolver si confirma el procesamiento o aplica la ley de regularización. Mientras, el dictamen del fiscal genera diferencias: la Procelac no habría participado y ARCA analiza recurrir.
La resolución podría sentar un precedente clave sobre el alcance de la regularización fiscal en causas por asociación ilícita tributaria.