Elecciones 2027 en Tucumán: los plazos que los partidos deben cumplir para presentar candidatos
¿Sabés cuándo vencen los plazos para que los partidos presenten candidatos y acoples en Tucumán? Conocé el cronograma electoral.
El gobernador Osvaldo Jaldo firmó el decreto que oficializa la fecha de los comicios provinciales, donde los tucumanos elegirán gobernador, vicegobernador, legisladores, intendentes, concejales y comisionados comunales. La convocatoria, publicada este martes en el Boletín Oficial bajo el decreto 1.688/14 (MGyJ), incorpora la Ley de Ficha Limpia y establece que el proceso electoral se regirá por el Régimen Electoral Provincial (Ley 7.876), la Ley de Partidos Políticos (5.454) y el Código Electoral Nacional.
El texto también recuerda los antecedentes judiciales de 2019 y 2023, cuando se declaró la inconstitucionalidad de artículos de la Constitución provincial que fijaban otra fecha para los comicios, ratificando la facultad del Poder Ejecutivo para realizar la convocatoria.
¿Cuándo vencen los primeros plazos?
Aunque el calendario oficial aún no se difundió, las fuerzas políticas ya manejan fechas tentativas basadas en la legislación vigente. El primer requisito es que los partidos cuenten con reconocimiento jurídico ante la Junta Electoral Provincial. Según la Ley de Partidos Políticos, deben tener personería reconocida al menos 180 días antes de la elección general, por lo que ese trámite deberá completarse antes del 10 de noviembre de 2026.
En Tucumán se estima que alrededor de un centenar de partidos estarán habilitados para competir, aunque la mayoría lo hará mediante el sistema de acoples, acompañando a un número mucho menor de fórmulas para gobernador y vicegobernador.
Frentes, internas y acoples: el cronograma tentativo
Según los plazos que manejan las agrupaciones, durante la primera quincena de marzo de 2027 deberían inscribirse las alianzas electorales y realizarse las elecciones internas en aquellos partidos donde exista más de una lista de precandidatos. Posteriormente, durante abril, vencería el plazo para oficializar las candidaturas y registrar los acoples ante la Junta Electoral Provincial, una de las instancias más importantes del proceso electoral.
¿Qué dice la legislación sobre los plazos?
La Ley de Partidos Políticos fija los siguientes plazos clave: reconocimiento de partidos: 180 días antes de la elección; inscripción de alianzas y confederaciones: 60 días antes; elecciones internas: entre 60 y 90 días antes de los comicios; presentación del padrón de afiliados: dos meses antes de las internas y con 30 días de anticipación ante la Junta Electoral; y Certificado de Antecedentes Penales (CAP): con una antigüedad no mayor a 30 días al momento de la elección.
Por su parte, la Ley de Régimen Electoral establece que el padrón electoral deberá exhibirse al menos 30 días antes de la votación; los reclamos al padrón podrán realizarse dentro de los 10 días posteriores a su publicación; el registro definitivo de candidatos y acoples vencerá 30 días antes de la elección; la campaña electoral y la prohibición de actos públicos comenzarán 30 días antes de los comicios; y las boletas deberán estar aprobadas, como mínimo, 20 días antes de la jornada electoral.