El Superior Tribunal les descontará el sueldo a los judiciales que pararon, pero hay un detalle que complica a varios

Resolución 865/26 mediante, el Superior Tribunal chaqueño ordenó que se les descuenten los días de paro a los judiciales que adhirieron a la medida del 18 de septiembre. La letra chica de la decisión y el mensaje directo al gremio.

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El Superior Tribunal les descontará el sueldo a los judiciales que pararon, pero hay un detalle que complica a varios
El Superior Tribunal les descontará el sueldo a los judiciales que pararon, pero hay un detalle que complica a varios

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco ordenó descontar los haberes al personal judicial que se plegó al paro del viernes 18 de septiembre, una medida impulsada por la Asociación Judicial del Chaco. La decisión quedó plasmada en la resolución 865/26.

Según el texto, las nóminas de descuento las confeccionarán la Dirección General de Personal y la Inspectoría de Justicia de Paz y Faltas, cada una en su ámbito. Esos listados deberán sustentarse en los registros de asistencia o en los informes de los responsables de cada dependencia.

Alcance del descuento

El Superior Tribunal aclaró que la quita tiene alcance exclusivamente salarial y se limita al período de la medida de fuerza efectivamente comprobada. Es decir, no habrá sanciones más allá de lo económico por los días de paro.

Además, instó a la Asociación Judicial del Chaco “a canalizar sus planteos mediante las instancias de diálogo y participación institucional, preservando la continuidad del servicio de justicia”.

Los argumentos del STJ

En su resolución, el máximo tribunal chaqueño sostuvo que la medida de acción directa del 18 de septiembre “responde a la disconformidad con una iniciativa legislativa en trámite, la que se encuentra sujeta al procedimiento de formación y sanción legislativa”.

Y agregó que esa iniciativa “constituye una propuesta exclusiva del Poder Ejecutivo en cumplimiento de una sentencia judicial, sometida al debate parlamentario y, por sí sola, resulta insuficiente para acreditar un incumplimiento del empleador que justifique el pago de haberes”.

Con esos fundamentos, el STJ avanzó con el descuento de los días no trabajados y dejó abierta la puerta al diálogo institucional con el gremio judicial.

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