El STJ anuló la suspensión del intendente de Allen y Marcelo Román vuelve al cargo

El máximo tribunal rionegrino hizo lugar al conflicto de poderes planteado por Marcelo Román y declaró nulas las ordenanzas que lo suspendieron. El intendente de Allen volverá a su cargo en las próximas horas.

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El STJ anuló la suspensión del intendente de Allen y Marcelo Román vuelve al cargo
El STJ anuló la suspensión del intendente de Allen y Marcelo Román vuelve al cargo

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro declaró la nulidad absoluta de las ordenanzas con las que el Concejo Deliberante de Allen había suspendido al intendente Marcelo Román. El máximo tribunal hizo lugar al conflicto de poderes presentado por el jefe comunal y ordenó que retome sus funciones, tras haber sido apartado en julio.

El origen del conflicto

La disputa institucional arrancó en julio de este año, cuando el cuerpo legislativo allense aprobó la Ordenanza 044/2026 y dejó a Román (La Libertad Avanza) sin goce de sueldo, a la espera de una sentencia definitiva en una causa penal en su contra.

Para justificar la medida, los concejales sostuvieron que la actual "formulación de cargos", vigente en el nuevo sistema penal, tenía una "equivalencia conceptual y teleológica" con la antigua figura del "procesamiento", lo que los habilitaba a apartarlo.

Sin embargo, el STJ le dio la razón al intendente y dictaminó que el Concejo fue incompetente para aplicar esa sanción. Así, declaró nulas las ordenanzas 044 y 045/2026 y todos los actos administrativos derivados de ellas.

Qué dice la Carta Orgánica

El eje del debate jurídico estuvo en el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal. Esa norma establece que si a un funcionario se le imputa un delito "y el Tribunal competente resolviera procesar", el Concejo debe evaluar su suspensión.

En el fallo, el máximo tribunal marcó diferencias procesales entre las dos figuras. Explicó que la "formulación de cargos" es un acto inicial y provisorio de la etapa preparatoria que delimita qué hecho se va a investigar. Aclaró que esa instancia "no importa un juicio de mérito sobre la responsabilidad penal del imputado" y que el juez de Garantías solo controla la legalidad del acto, sin valorar pruebas ni determinar si los hechos son verdaderos.

En cambio, el antiguo "procesamiento" implicaba una valoración preliminar mucho más profunda por parte de un juez de instrucción, con elementos de convicción suficientes. Para el STJ, pretender equiparar ambas figuras implica "forzar el alcance de institutos procesales sustancialmente distintos" y señaló que asimilar la formulación de cargos a un procesamiento es un razonamiento ajeno al ordenamiento jurídico vigente.

Extralimitación y vuelta al cargo

El fallo también remarcó que el cuerpo legislativo produjo una "extralimitación en la competencia asignada" e incurrió en "una invasión ilegítima de las facultades que corresponden al Poder Ejecutivo Municipal". Los magistrados advirtieron que, si la comunidad de Allen busca modificar el régimen de suspensiones, debe hacerlo mediante una reforma de su Carta Orgánica y no por decisión del Concejo.

Tras conocerse la resolución, que dictaminó que la suspensión fue una restricción irrazonable de sus derechos políticos, Román celebró el fallo que le permite recuperar el control del Ejecutivo municipal. Con el patrocinio de los abogados Joaquín y Mateo Hertzriken Catena, el mandatario consideró que la Justicia expuso un accionar legislativo ilegal, al que calificó como un intento de "golpe institucional".

Además, destacó que la decisión judicial hace prevalecer el voto popular y adelantó que en las próximas horas retomará formalmente sus funciones al frente del municipio.

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