El robo millonario en El Rodeo: la Justicia le cerró una puerta clave a "Carocín" Baigorrí y Sotomayor

La Justicia catamarqueña les cerró una puerta clave a "Carocín" Baigorrí y Sotomayor en la causa por el robo millonario en El Rodeo. La defensa ya agotó los recursos locales y el juicio oral aparece en el horizonte: qué decidió la Corte y qué les queda por delante.

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El robo millonario en El Rodeo: la Justicia le cerró una puerta clave a "Carocín" Baigorrí y Sotomayor
El robo millonario en El Rodeo: la Justicia le cerró una puerta clave a "Carocín" Baigorrí y Sotomayor

La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca les negó a Gastón "Carocín" Baigorrí y Ciro Sotomayor el recurso extraordinario federal con el que su defensa buscaba frenar el juicio oral por el robo millonario ocurrido en El Rodeo en marzo de 2025. La decisión de los ministros Fernanda Rosales Andreotti, Hernán Martel y Verónica Saldaño deja firme, para la Justicia provincial, el rechazo del sobreseimiento por extinción de la acción penal.

El fallo no concede la vía federal y, con eso, agota las instancias locales para los imputados. El expediente se originó por el asalto a una vivienda de la villa veraniega de El Rodeo, en Ambato, donde los acusados se habrían llevado $4.500.000, dos motos Honda Tornado y una PlayStation 4.

Qué pasó después del robo

Lo que le dio un giro poco habitual al caso fue lo que ocurrió después: la víctima recuperó todos los bienes a través de una devolución anónima y manifestó que se consideraba reparada. Con ese argumento, Baigorrí y Sotomayor —imputados por el presunto delito de "robo simple"— presentaron un acuerdo conciliatorio firmado con ella.

El fiscal Facundo Barros Jorrat se opuso por razones de política criminal. Esa postura fue convalidada en la instancia de Control de Garantías, en la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos, y por la Sala Penal de la Corte de Justicia, que ya había rechazado el recurso de casación. En marzo último, esa misma sala había confirmado que el acuerdo de reparación integral no puede prosperar sin el aval del fiscal.

Los argumentos de la defensa

El abogado Pedro Justiniano Vélez presentó el recurso a principios de abril. Sostuvo que la sentencia era arbitraria y que violaba el debido proceso, el derecho de defensa y los principios de legalidad y de reserva. Su planteo central fue que el Código Penal no exige el consentimiento del fiscal para que opere la reparación integral.

Según el defensor, al requerirlo, la Corte aplicaba por analogía una regla propia de la suspensión del juicio a prueba y se arrogaba facultades del Congreso. También cuestionó que se diera valor a instructivos internos del Ministerio Público Fiscal, que a su criterio no son ley, y afirmó que el robo investigado es uno de los delitos más leves del Código Penal, sin violencia sobre las personas. Agregó que el juicio oral sería un desgaste inútil, más aún con una posible absolución, por el solo capricho del fiscal.

Tras la presentación, se corrió vista al procurador General Tristán Lobo, cuyo dictamen indicó que el recurso debía rechazarse.

Los fundamentos de la Corte

Los ministros de la Sala Penal consideraron que, aunque la decisión no pone fin al proceso, debe equipararse a una sentencia definitiva porque cierra la posibilidad de aplicar la reparación integral. A partir de eso, concluyeron que no había una cuestión federal que justificara llegar a la Corte Suprema.

Sobre la arbitrariedad, señalaron que la defensa la mencionó en distintos pasajes pero no la explicó de manera razonada ni la incluyó entre las cuestiones planteadas. Advirtieron que citar una larga lista de cláusulas constitucionales no alcanza para abrir la vía federal y entendieron que los agravios reflejan una discrepancia con el criterio de la Corte, no una arbitrariedad.

Además, consideraron que el tema es "materia ajena" al recurso extraordinario, porque se trata de derecho común y procesal. Recordaron que las causales de extinción incorporadas al Código Penal en 2015 son plenamente operativas, pero que, hasta que el Código Procesal las regule, deben aplicarse con prudencia para evitar prácticas abusivas que neutralicen los fines del proceso penal.

Las resoluciones de la Procuración General no obligan a quienes son ajenos al Ministerio Público, pero para la sala refuerzan que la discusión no es federal. También indicaron que admitir el recurso equivaldría a restar valor al juicio mismo y a los principios que rigen el proceso penal.

Qué les queda por delante

Con este rechazo, la defensa agotó los recursos locales. Le queda la posibilidad de una queja ante la Corte Suprema, aunque con escasas chances. Para Baigorrí y Sotomayor, el juicio oral es el único camino que restaría.

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