El proyecto que pone plazos a las escuelas de Santa Cruz para actuar ante el ciberbullying

El proyecto que ya debate la Legislatura de Santa Cruz les pone un plazo concreto a las escuelas para actuar ante el ciberbullying. La primera intervención no podría demorarse más de lo que establece la norma, y los equipos especiales llegarían también al interior. ¿Qué pasa si no se cumple?

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El proyecto que pone plazos a las escuelas de Santa Cruz para actuar ante el ciberbullying
El proyecto que pone plazos a las escuelas de Santa Cruz para actuar ante el ciberbullying

Un hostigamiento entre estudiantes que arranca en un teléfono y sigue fuera del horario de clases ya no podría tratarse como "un problema de redes". Un proyecto de ley en la Cámara de Diputados de Santa Cruz busca que las escuelas tengan un procedimiento obligatorio, con plazos y equipos especializados, para intervenir en casos de violencia digital.

La iniciativa es la 443/26, presentada el 12 de agosto por el diputado José Luis Quiroga, del bloque Por Santa Cruz. Tomó estado parlamentario en la 9ª sesión ordinaria y fue girada a las comisiones de Educación, Desarrollo Social y Familia. Por ahora está en análisis: no es ley ni existe el protocolo que propone.

Qué deberían hacer las escuelas

El texto establece que la primera intervención institucional no podría demorarse más de 48 horas hábiles desde que el establecimiento toma conocimiento de la situación. También deberían habilitarse vías presenciales, telefónicas o digitales para recibir consultas o denuncias, con mecanismos de seguimiento posteriores.

No todos los conflictos tendrían el mismo tratamiento. El proyecto ordena distinguir entre los que requieren un abordaje pedagógico dentro de la institución y los que, por su gravedad, deban derivarse a organismos de protección de derechos, salud, seguridad o Justicia.

En los conflictos por WhatsApp, Instagram, TikTok u otras plataformas, directivos y docentes deberían orientar a la persona afectada y a su familia para conservar capturas de pantalla, fechas, horarios, mensajes y publicaciones. La evidencia digital no se pierde.

Al mismo tiempo, el texto contempla garantías para el señalado como presunto responsable: no podría haber sanciones automáticas ni exposición pública. El estudiante debería ser escuchado y hacer su descargo, con confidencialidad y sin estigmatización.

Deepfakes, sextorsión y grooming: qué situaciones entran

El proyecto va más allá del bullying tradicional. Define el ciberbullying como hostigamiento reiterado entre pares por medios digitales, con insultos, amenazas, humillaciones, exclusión deliberada o exposición pública sin consentimiento. Pero también incorpora grooming, sextorsión, difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, doxing, suplantación de identidad y discursos de odio digitales.

Hay un capítulo específico sobre inteligencia artificial. Considera violencia digital el uso de deepfakes: imágenes, audios o videos creados o alterados para reproducir de manera verosímil el rostro, la voz o la identidad de una persona sin autorización y con capacidad de causar daño. También contempla la IA generativa para crear, amplificar o automatizar hostigamiento, manipulación o discriminación.

Eso abre una situación que hasta hace pocos años no formaba parte de los protocolos escolares: una foto falsa o un video manipulado pueden circular entre alumnos aunque la imagen original nunca haya existido.

El proyecto busca que estos temas ingresen en la formación escolar, con contenidos de ciudadanía digital, privacidad, consentimiento, identificación de noticias falsas y manipulación de imágenes. Además, obliga a prever capacitación al menos una vez por año para docentes, directivos y supervisores, y dos instancias anuales para las familias.

Equipos especiales, estadísticas y qué falta

La propuesta no deposita toda la responsabilidad en un director o un docente. Crea Equipos Interdisciplinarios de Abordaje de la Violencia Digital, con profesionales de psicología y trabajo social y asesoramiento legal cuando sea necesario. Brindarían acompañamiento psicológico, pedagógico y social, y asistencia técnica a las escuelas, con cobertura por zonas o circuitos educativos, incluso con mecanismos itinerantes o a distancia para localidades y parajes del interior provincial.

También propone un Observatorio Provincial de Violencia Digital en el Ámbito Educativo y un registro estadístico, con una condición expresa: la información para estadísticas o investigaciones deberá estar anonimizada para impedir la identificación de niñas, niños y adolescentes.

La autoridad de aplicación sería el Consejo Provincial de Educación, que coordinaría con organismos de niñez, género, municipios, Ministerio Público Fiscal y las áreas de delitos informáticos de la Policía de Santa Cruz.

Si se sanciona, el Poder Ejecutivo tendría 180 días corridos para reglamentarlo y el Consejo Provincial de Educación otros 90 días para aprobar el protocolo obligatorio. Los fondos deberían incluirse anualmente en el Presupuesto provincial.

Hay un antecedente que vuelve interesante el debate: en septiembre de 2025 ingresó el proyecto 462/25, presentado por Daniel Peralta, que proponía un programa similar conocido como "Ley EMA". El interrogante es si ambos textos siguen caminos separados, se complementan o se unifican en comisiones.

Al 9 de septiembre de 2026, la información pública de la Cámara ubica al proyecto 443/26 todavía en etapa de análisis legislativo. No es ley vigente ni existe aún el protocolo de 48 horas. Si obtiene aprobación, el cambio para las escuelas sería concreto: conflictos que muchas veces comienzan en un teléfono y continúan fuera del horario de clases tendrían un procedimiento institucional específico, plazos de respuesta, acompañamiento profesional y canales definidos para estudiantes y familias.

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