El Procurador le marcó la cancha al Gobierno por el FEP y ahora define el STJ

Un empleado del Ministerio de Producción vio cómo su salario se desplomaba por los recortes al FEP. Dos fallos ya le dieron la razón y ahora el Procurador sumó su respaldo, pero la definición final sigue en manos del STJ. ¿Qué falta para que cobre?

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El Procurador le marcó la cancha al Gobierno por el FEP y ahora define el STJ
El Procurador le marcó la cancha al Gobierno por el FEP y ahora define el STJ

El conflicto por el Fondo Estímulo Productivo (FEP) sumó un nuevo capítulo judicial que complica la estrategia del gobernador Leandro Zdero. El procurador general del Chaco, Jorge Eduardo Omar Canteros, recomendó al Superior Tribunal de Justicia (STJ) desestimar los recursos extraordinarios que la Provincia presentó contra la sentencia favorable a los trabajadores del Ministerio de Producción.

El dictamen, fechado el 20 de octubre de 2026, representa un nuevo respaldo jurídico a la posición de los empleados estatales, que desde hace meses mantienen un conflicto con la administración provincial por los recortes aplicados al FEP.

Qué dice el dictamen del Procurador

La intervención del jefe del Ministerio Público Fiscal se produjo después de que Fiscalía de Estado cuestionara la sentencia de la Cámara de Apelaciones mediante recursos de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de ley o doctrina legal.

Para Canteros, esos argumentos no alcanzaron para demostrar que la resolución judicial fuera arbitraria ni que existiera un error de interpretación legal que justificara su revisión.

Al analizar el recurso de inaplicabilidad de ley o doctrina legal, el Procurador sostuvo que los planteos de la impugnación «constituyen una mera discrepancia con la hermenéutica sostenida por el tribunal, sin que se alcance a demostrar el error».

En ese sentido, remarcó que este tipo de recursos exige demostrar concretamente por qué la interpretación jurídica del tribunal resulta equivocada, y que no basta con presentar una interpretación diferente de la normativa para invalidar una decisión judicial.

El dictamen señala expresamente que no puede considerarse satisfecha la carga procesal cuando el cuestionamiento se limita a exponer una posición distinta de la adoptada por el tribunal que dictó la sentencia.

La conclusión fue categórica: «Aconsejo desestimar los recursos de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de ley o doctrina legal impetrados».

Dos fallos favorables y una nueva instancia decisiva

El pronunciamiento de Canteros se suma a una serie de resoluciones judiciales que hasta ahora favorecieron a los trabajadores.

En mayo, el juez laboral Sergio Bosch hizo lugar parcialmente al amparo colectivo presentado por los empleados y declaró la nulidad de distintas resoluciones ministeriales que habían modificado el cálculo del FEP.

Entre ellas, quedaron anuladas las resoluciones 607/25, 787/25, 972/25 y 1127/25, además de los artículos 1 y 2 de la Resolución 71/2026.

La sentencia también ordenó una nueva liquidación del fondo correspondiente a febrero, marzo y abril de 2026, junto con los períodos posteriores alcanzados por la decisión judicial, y la determinación de diferencias salariales con intereses por mora.

Posteriormente, en agosto, la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo de Resistencia, integrada por las juezas Silvana Gómez y Silvia Suárez, rechazó la apelación del Gobierno provincial y confirmó la sentencia de primera instancia.

Según los antecedentes judiciales difundidos entonces, la modificación del FEP había provocado reducciones que, en determinados casos, se acercaron al 90% de lo percibido anteriormente.

Pese a esos pronunciamientos, el Ejecutivo provincial insistió con su estrategia judicial y llevó el expediente ante el Superior Tribunal de Justicia mediante recursos extraordinarios. Ahora, el dictamen del Procurador General representa un nuevo obstáculo para esa pretensión.

Los trabajadores celebran, pero advierten que todavía falta cobrar

Desde la cuenta de Instagram Trabajadores de Producción celebraron el pronunciamiento como un nuevo respaldo a su reclamo.

«Ya contamos con dos sentencias judiciales a nuestro favor y ahora se suma este importante dictamen del Procurador General», expresaron en un comunicado.

También remarcaron que el conflicto todavía no está resuelto y que resta conocer la decisión definitiva del Superior Tribunal de Justicia.

La situación mantiene abierto el reclamo por las diferencias salariales acumuladas, los retroactivos y el cumplimiento de la Ley 2398-I, que regula el Fondo Estímulo Productivo.

En ese escenario, los trabajadores ratificaron que continuarán defendiendo sus derechos y reclamando la aplicación de las resoluciones judiciales.

La definición queda en manos del Superior Tribunal

El dictamen de Canteros no constituye una nueva sentencia ni obliga por sí mismo al Gobierno provincial a efectuar pagos. Se trata de una opinión jurídica emitida en el marco del trámite de los recursos extraordinarios, que deberá ser considerada por el Superior Tribunal de Justicia.

Sin embargo, su contenido tiene relevancia institucional: el Procurador General considera que los planteos formulados contra la sentencia de Cámara no reúnen los fundamentos necesarios para justificar su revisión.

Para el Gobierno de Leandro Zdero y el ministro Oscar Dudik, la situación representa un nuevo revés en un conflicto que ya atravesó dos instancias judiciales desfavorables para la Provincia.

La pregunta que sigue abierta es si el Ejecutivo finalmente deberá afrontar la recomposición salarial y los retroactivos reclamados o si conseguirá modificar el resultado judicial ante el máximo tribunal chaqueño.

Por ahora, los trabajadores sumaron un nuevo respaldo jurídico, pero la resolución definitiva continúa pendiente.

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