El padrino imputado por abuso y una puja entre provincias: la decisión que puso fin al tire y afloje
¿Qué provincia debía investigar el abuso de una menor: la que es su centro de vida o la del lugar de los hechos? La respuesta de la Justicia dividió aguas y dejó una pregunta abierta.
La Justicia de San Juan se quedará con una causa por abuso sexual que generó un fuerte cruce de competencias entre provincias. El juez de Garantías Guillermo Adarvez se declaró competente para que la investigación penal preparatoria avance en la Primera Circunscripción sanjuanina, pese a que la Fiscalía pretendía que el expediente se tramitara en Jujuy.
La resolución llegó este viernes 2 de octubre de 2026, después de una audiencia intensa en la que se midieron argumentos constitucionales, procesales y humanos. En el centro del conflicto hay una denuncia por abuso sexual contra un hombre que era el padrino de la presunta víctima, una menor de edad que hoy reside en Jujuy.
Qué pedía cada parte
El fiscal Duilio Ejarque, de la UFI ANIVI, sostuvo desde el inicio que la causa —remitida desde Jujuy el 13 de agosto— debía volver y tramitarse íntegramente en la provincia del norte. Su argumento principal fue la protección de la integridad psíquica de la niña y el Interés Superior del Niño: según su postura, retener el expediente en San Juan implicaba una revictimización, porque la menor tendría que someterse a nuevas pericias y a una segunda entrevista videograbada (ex Cámara Gesell), reviviendo el trauma.
La querella, representada por el abogado Arce Bazán, se opuso de plano. Y los propios padres de la menor hicieron lo mismo, con un peso determinante en la balanza.
La palabra de los padres
El padre de la víctima, efectivo de Gendarmería Nacional, explicó que por su trabajo la familia está sujeta a traslados constantes entre provincias. Sostuvo que cambiar la jurisdicción a esta altura solo demoraría el acceso a la justicia. "Es mi voluntad que la causa quede en la justicia sanjuanina. Queremos que sea rápido, que no haya dilatación y que esto se cierre", declaró ante el magistrado.
La madre, en la misma línea, remarcó que la niña nació y vivió la mayor parte de su vida en San Juan. Ambos asumieron el compromiso de trasladar a su hija las veces que sea necesario y garantizaron su disposición para que la menor vuelva a declarar y encare las nuevas pericias, priorizando la celeridad por sobre la incomodidad del viaje.
Qué dice la denuncia
La denuncia original se radicó en una Oficina de Violencia de Género el 9 de abril de 2026 en Jujuy. Según la acusación, el hecho ocurrió la madrugada del 25 de diciembre de 2025, cuando la menor estaba en San Juan para pasar las fiestas de Navidad.
La niña relató que en el domicilio del imputado —su padrino— este le ofreció tragos de fernet cerca de la pileta. Tras perder la noción del tiempo y notar que estaba sin ropa, intentó resguardarse en el agua. En ese momento, el acusado habría ingresado a la pileta manifestando sus intenciones de abusar de ella. Después, ya en el interior de la vivienda y sobre un sillón, el sujeto le habría exigido que lo masturbara. La menor logró frenar la situación fingiendo que se había quedado dormida.
La defensa y la situación del imputado
La defensa técnica del acusado, a cargo de la abogada María Filomena Noriega, acompañó el pedido de la querella y solicitó que el juez se declarara competente. Noriega se apoyó en el principio de territorialidad: tanto el ilícito como el escenario pertenecen a San Juan.
La letrada también expuso la compleja situación procesal y de salud de su cliente. El hombre padece obesidad mórbida, arrastra complicaciones posoperatorias tras un grave accidente sufrido el año pasado y actualmente cumple prisión domiciliaria por otra investigación penal preparatoria de la UFI CAVIG, donde está imputado por abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de su propia esposa.
El equilibrio que inclinó la balanza
Al resolver, Adarvez hizo un análisis constitucional exhaustivo. Citó el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional y la Convención de los Derechos del Niño, y planteó la necesidad de equilibrar el Interés Superior del Niño —que sugiere litigar en su centro de vida habitual— con el legítimo derecho a la defensa del imputado y los principios que desaconsejan desdoblar causas.
El juez concluyó que los padres son quienes mejor representan los intereses de la menor en esta instancia. Escuchó su voluntad indeclinable de que el proceso se desarrolle en San Juan y contó con el compromiso de contención familiar para afrontar las nuevas pericias. Con esos elementos, falló a favor de la competencia local para no generar demoras injustificadas en la búsqueda de la verdad.