El número que activa el alerta de ARCA: desde cuánto tenés que explicar cada transferencia
Un monotributista recibió una transferencia por la venta de su auto. El banco le pidió explicaciones antes de que el monto llegara a los límites de ARCA. ¿Qué documentación puede exigir una entidad y desde qué cifra se enciende la alarma?
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los parámetros que obligan a bancos y billeteras virtuales a reportar operaciones. La pregunta que muchos se hacen es simple: ¿desde qué monto el fisco empieza a mirar con lupa?
El régimen informativo no prohíbe transferir. Lo que hace es fijar umbrales a partir de los cuales las entidades financieras y las fintech deben pasarle datos a ARCA. Esos límites combinan montos acumulados en el mes, saldos al cierre y extracciones en efectivo.
Los montos clave para noviembre
Para las personas humanas, el umbral general es de $50 millones mensuales entre acreditaciones y transferencias. En el caso de las empresas y otras personas jurídicas, el listón baja a $30 millones.
El detalle de los parámetros vigentes:
- Acreditaciones y transferencias de personas humanas: $50 millones acumulados durante el mes.
- Operaciones de empresas: $30 millones mensuales.
- Saldos al último día hábil del mes: $50 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas.
- Extracciones en efectivo: $10 millones acumulados en el mes, tanto para individuos como para empresas.
- Transferencias individuales: $2,5 millones como disparador para pedir información adicional, siempre que también se cumplan las condiciones mensuales del régimen.
No es un tope para operar
Superar cualquiera de estos montos no significa que ARCA inicie automáticamente una fiscalización ni que el usuario tenga vedado transferir esa cantidad. Son parámetros que determinan obligaciones de información para las entidades alcanzadas.
La ex AFIP también aclaró que no existe un límite máximo general de transferencias que una persona pueda recibir en noviembre. El régimen mira montos acumulados y saldos, no fija un tope de operaciones diarias. La clave está en poder identificar el origen de los fondos y el motivo de los movimientos.
Dinero propio vs. actividad comercial
No es lo mismo transferir dinero propio desde otra cuenta que recibir ingresos por una actividad comercial o por la prestación de servicios. En el segundo caso, pueden existir obligaciones de facturación y tributarias que deben cumplirse más allá de los umbrales informativos.
A eso se suma que bancos y billeteras virtuales tienen sus propios controles de prevención del lavado de activos. Por eso pueden pedir explicaciones o documentación sobre el origen del dinero incluso cuando los movimientos no llegan a los montos previstos para informar a ARCA.
Qué comprobantes te pueden pedir
Cuando una entidad necesita verificar la procedencia de los fondos, puede solicitar documentación que respalde los ingresos o las operaciones. Entre los comprobantes habituales figuran:
- Recibos de sueldo o constancias de haberes jubilatorios.
- Facturas electrónicas emitidas por monotributistas o responsables inscriptos.
- Declaraciones juradas de impuestos.
- Boletos de compraventa y escrituras de inmuebles.
- Documentación vinculada con la venta de vehículos o el cobro de herencias.
- Extractos y comprobantes de transferencias entre cuentas del mismo titular.