El MPF quiere que la Legislatura apruebe cada concesión: el detalle que puede frenar todo

El MPF insiste con que la Legislatura autorice cada concesión, pero hay un punto que el texto no define y que podría cambiar todo: ¿qué pasa si la Cámara nunca trata el expediente?

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El MPF quiere que la Legislatura apruebe cada concesión: el detalle que puede frenar todo
El MPF quiere que la Legislatura apruebe cada concesión: el detalle que puede frenar todo

El Movimiento Popular Fueguino volvió a la carga con un proyecto que obligaría a la Legislatura a autorizar previamente concesiones, adjudicaciones y derechos de explotación sobre recursos y bienes provinciales. La iniciativa, presentada el jueves 24, reformula una propuesta que el mismo bloque ya había ingresado en marzo y que sigue durmiendo en comisión.

El nuevo texto crea un "Régimen General de Autorización Legislativa Previa" para actos de disposición, adjudicación, concesión y otorgamiento de derechos de uso, aprovechamiento o explotación económica. La propuesta original de marzo, que aún conserva estado parlamentario, había sido girada a las comisiones de Legislación General y Economía, donde nunca se trató.

Qué alcanza y qué deja afuera

La primera versión exigía una ley aprobada por mayoría simple para concesiones, permisos y autorizaciones sobre recursos naturales, tierras fiscales y bienes del dominio público. El texto actual mantiene ese principio, pero acota el universo. Incluye tierras fiscales e inmuebles provinciales, aguas, costas, acuicultura, explotación comercial pesquera, recursos naturales y concesiones sobre bienes e infraestructura estatal.

También abarca renovaciones, prórrogas, transferencias, cambios de titularidad y modificaciones sustanciales de las condiciones originalmente autorizadas. En cambio, deja afuera los permisos personales de pesca deportiva o recreativa, los actos ordinarios de administración sin explotación económica relevante y ciertas autorizaciones precarias o transitorias.

El Ejecutivo conservaría la evaluación técnica, jurídica, económica y ambiental. Recién cuando el trámite esté en condiciones de resolverse favorablemente deberá enviarlo a la Legislatura. Solo con una ley de autorización podrá seguir el procedimiento para, eventualmente, otorgar el derecho.

Sin plazo y sin silencio que valga

Al igual que el proyecto anterior, el actual no fija cuánto tiempo tiene la Legislatura para decidir. Pero suma un candado: el silencio, la falta de tratamiento o el vencimiento de cualquier plazo no podrán interpretarse como autorización tácita.

Es decir, si la Cámara no trata el expediente tampoco lo rechaza, pero el Ejecutivo no podrá perfeccionar el acto. Si lo hiciera sin autorización legislativa, sería nulo.

El punto no es menor. Los propios fundamentos reconocen que las facultades actuales del Ejecutivo responden a la necesidad de una administración "ágil y técnicamente especializada" y presentan el nuevo sistema como un equilibrio entre eficiencia administrativa, control democrático y protección del patrimonio provincial. Sin un plazo de intervención legislativa definido, cada concesión, renovación o autorización podría quedar sujeta a tiempos políticos inciertos, con un efecto concreto: el freno o la paralización de actividades productivas que necesitan decisiones oportunas para operar.

El debate constitucional que se viene

El proyecto también abre un interrogante sobre los propios límites de la Legislatura. La Constitución provincial le reconoce atribuciones para dictar las normas que regulan y protegen los recursos naturales, las tierras y las aguas.

Pero la nueva iniciativa del MPF propone establecer por ley ordinaria un requisito de autorización legislativa que la Constitución contempla expresa y exclusivamente para las concesiones y convenios hidrocarburíferos, no para el resto de los recursos naturales.

La cuestión jurídica pasa por determinar hasta dónde puede avanzar la Legislatura con una ley ordinaria: si su facultad constitucional para dictar marcos regulatorios generales le permite también reservarse una intervención obligatoria en cada concesión, adjudicación o explotación concreta, aun cuando la Constitución solo previó ese mecanismo para los hidrocarburos.

Una eventual discusión constitucional giraría, entonces, en torno a si esa pretensión es una regulación dentro de las atribuciones propias de la Legislatura o si implica ampliar por ley ordinaria las facultades que le asignó la Constitución y, con eso, modificar la distribución de competencias entre el Ejecutivo y el Legislativo.

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