El lado oscuro del cobro de deudas: llamadas a familiares y amigos, una práctica ilegal
¿Sabías que llamar a tus contactos para cobrarte una deuda es ilegal? Un especialista revela el oscuro negocio de los estudios jurídicos y te dice cómo defenderte.
Las llamadas de acoso para cobrar deudas se volvieron moneda corriente, pero hay límites legales. Un especialista en economía explicó el mecanismo que utilizan los estudios jurídicos y las herramientas que tienen los consumidores para defenderse.
El licenciado en Comercio Internacional e investigador en Economía Internacional, Lisandro Mondino, dialogó con Radio Libertad y puso el foco en una problemática que afecta a miles de argentinos: el hostigamiento en el cobro de deudas. Según el especialista, hay prácticas que cruzan la delgada línea de la ilegalidad.
En concreto, Mondino fue tajante al afirmar que contactar a familiares, conocidos o compañeros de trabajo para presionar a un deudor es una conducta ilegal. Además, recordó que existen antecedentes en Defensa del Consumidor con resarcimientos económicos para las víctimas de este tipo de acoso.
El negocio detrás del hostigamiento
El investigador explicó cómo se gesta este circuito perverso. Todo comienza cuando una persona obtiene un crédito a través de una aplicación o billetera virtual. Tras abonar algunas cuotas, la mora aparece y ahí cambia todo.
“Eventualmente esa empresa le vende tu cartera de deuda a un estudio jurídico”, detalló Mondino. En ese momento, el deudor deja de tener relación con la app y pasa a ser gestionado por el estudio que compró la deuda.
Lo más llamativo es el precio que se paga por esas carteras. El especialista lo graficó con un ejemplo contundente: “Debés 100 y ese lo compró a 10”. Es decir, el estudio jurídico adquiere la deuda por una fracción de su valor nominal, pero después reclama el total.
¿Quién gana en esta operación?
Mondino también analizó el rol de la empresa que originó el préstamo. Según su descripción, la entidad ya cobró varias cuotas, luego recibe un ingreso por la venta de la cartera y además obtiene un beneficio contable.
“La aplicación, la billetera virtual que vendió tu cartera, primero te cobró 6, 7, ocho cuotas, después cobró el 10% con la venta de la cartera y como te pasó pérdida en términos contables, descuenta impuesto de las ganancias de ese quebrante”, señaló.
De esta manera, la empresa original recupera parte del dinero por varios frentes, mientras que el estudio jurídico se queda con la gestión del cobro y la posibilidad de aplicar métodos de presión.
Qué dice la ley y cómo defenderse
Frente a este escenario, el investigador remarcó que no todo está perdido. Los consumidores tienen herramientas legales para frenar el hostigamiento. “Hay fallos en Defensa del Consumidor con resarcimientos por ese comportamiento”, aseguró.
El especialista insistió en que llamar a allegados del deudor es una práctica prohibida. “Que alguien esté llamando a conocidos, familiares o compañeros de trabajo para apretarte porque debés una deuda es totalmente ilegal”, enfatizó.
Además, mencionó que existen vías judiciales para quienes sufren estas situaciones. “Aún hay caminos judiciales para salir de una situación de hostigamiento y prácticas abusivas”, indicó.
Para finalizar, recomendó consultar el informe del Centro de Estudios sobre el endeudamiento de los hogares argentinos, disponible en mapadeladeuda.ar, donde se actualiza la información sobre la evolución de las deudas familiares.