El juez que frenó el traslado de Márquez y Castro: ¿qué pasó en el Penal de Mujeres?
¿Qué pasó con el pedido de traslado de las internas más conflictivas del Penal de Mujeres? La decisión del juez que nadie esperaba.
Un fallo judicial dejó sin efecto los intentos de trasladar a María Gilda Márquez y María Eugenia Castro a La Rioja o a la Comisaría de la Mujer. El juez Miguel Ángel Lozano Gilyam ordenó que continúen en la Unidad Penal Nº 2 de Catamarca y exigió al Ministerio de Gobierno, Seguridad y Justicia un refuerzo inmediato de las medidas de seguridad.
El magistrado rechazó de plano el pedido del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) y de la querella de enviar a las acusadas a La Rioja, así como la propuesta del fiscal Augusto Barros de alojarlas en la Comisaría de la Mujer. Según el juez, el desarraigo que implicaría un traslado a otra provincia vulneraría su derecho de defensa, al dificultar el contacto con su defensa técnica y el acceso a los recursos judiciales locales. También afectaría los vínculos familiares y sociales durante el proceso.
¿Por qué el juez rechazó el traslado?
Lozano Gilyam fue contundente al señalar que la dificultad del SPP para manejar la conflictividad interna del penal no justifica desligarse de su deber de custodia. “El propio Estado provincial cuenta con las herramientas y recursos humanos para reordenar la situación carcelaria”, remarcó. En cuanto a la Comisaría de la Mujer, el juez consideró que son centros de detención transitoria que no reúnen condiciones para una prisión preventiva prolongada, lo que implicaría un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención.
La resolución dispone que Márquez y Castro continúen en la Unidad Penal Nº 2 bajo prisión preventiva, y ordena a la Dirección del SPP y al secretario de Seguridad arbitrar de manera conjunta e inmediata todos los medios necesarios para garantizar la integridad psicofísica de internas y personal. Deberán informar con carácter de “muy urgente” las medidas adoptadas.
Cronología de un caso que estalló en el penal
El expediente acumula episodios desde enero de 2025, cuando Márquez, Castro y Monasterio fueron detenidos por atacar a Roxana Murúa en el Barrio 140 Viviendas, Valle Viejo. Un adolescente de 16 años también estuvo vinculado, pero fue sobreseído. En noviembre de 2025, el fiscal Guillermo Narváez elevó la causa a juicio, pero las acusadas se opusieron.
En mayo de 2026, la defensa presentó un recurso de casación y solicitó prisión domiciliaria. La querella las calificó como “el terror del Penal de Mujeres”. Al mes siguiente, un motín en su pabellón derivó en agresiones al personal, amenazas y la sedación de ambas internas, con seis denuncias penales cruzadas.
En julio de 2026, el SPP de La Rioja confirmó un cupo transitorio por tres meses, mientras el SPP de Catamarca formalizó el pedido de traslado por “inadaptación al régimen”. El fiscal Barros propuso la Comisaría de la Mujer, pero el juez Lozano Gilyam lo rechazó todo y ordenó que se queden donde están, con seguridad reforzada.