El gas en Mendoza ya no es igual: la ley que cambia el subsidio y deja a Malargüe como única excepción
La Ley 27.828 ya salió en el Boletín Oficial y en Mendoza solo Malargüe conserva el beneficio por Zona Fría. El resto de la provincia tendrá que cumplir nuevas condiciones para no perder el descuento en la factura de gas.
La modificación del régimen de Zona Fría ya es oficial y tendrá impacto en las facturas de gas de miles de usuarios de Mendoza. La Ley 27.828 fue publicada este martes 13 de octubre en el Boletín Oficial, después de su sanción en el Congreso el 24 de septiembre, y con el nuevo esquema Malargüe conserva el tratamiento especial mientras el resto de la provincia deja de tener garantizado el descuento por el solo hecho de residir en una zona incorporada al beneficio.
La reforma cambia las condiciones de acceso a los subsidios que habían sido ampliados en 2021 por la Ley 27.637. Hasta ahora, la incorporación de nuevas regiones al régimen había permitido que usuarios residenciales de distintas localidades mendocinas accedieran a una reducción en el precio del gas. Con la nueva normativa, la bonificación adicional quedará sujeta a condiciones de ingresos, ubicación y situación social de cada hogar.
El cambio no implica que todos los mendocinos fuera de Malargüe pierdan necesariamente cualquier descuento. La ley contempla una bonificación adicional para usuarios residenciales que estén inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados, vivan en las subzonas bioambientales contempladas por la norma y cumplan al menos uno de los criterios establecidos. El beneficio se aplicará sobre los consumos base reconocidos por el sistema, por lo que no necesariamente abarcará todo el gas utilizado durante el período de facturación.
Quiénes podrán mantener una bonificación adicional
La Ley 27.828 establece distintas condiciones para acceder al beneficio. Una de ellas contempla a los hogares cuyos integrantes tengan ingresos netos conjuntos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, según los valores que publica el INDEC.
También se incluye a los hogares con al menos un integrante que tenga Certificado de Vivienda Familiar del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP), así como aquellos en los que viva una persona que perciba una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
La normativa contempla, además, a los hogares con integrantes que tengan Certificado Único de Discapacidad (CUD). En estos casos, la Secretaría de Energía deberá evaluar de qué manera esa condición implica una necesidad de asistencia económica para afrontar el pago de los servicios energéticos. Para acceder a la bonificación adicional, los usuarios también deberán cumplir las condiciones geográficas y de inscripción previstas en el régimen.
Malargüe mantiene un tratamiento diferencial
La excepción provincial es el departamento de Malargüe, que continúa expresamente incluido junto con la Región Patagónica y la región de la Puna en el esquema específico contemplado por la legislación. Para esas zonas se mantienen los beneficios previstos para usuarios residenciales de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes, además de los correspondientes a determinados usuarios del Servicio General P.
En cambio, para el resto de Mendoza ya no alcanza con vivir en una localidad que había sido incorporada a la ampliación de Zona Fría. Los hogares deberán ajustarse a las nuevas condiciones para acceder a la bonificación adicional. El alcance efectivo dependerá de la aplicación del régimen y de la situación de cada usuario.
Cuánto puede aumentar la factura de gas en Mendoza
La ley no fija un porcentaje único de aumento para las facturas ni determina cuánto pagará cada hogar que deje de recibir el descuento anterior. El impacto dependerá de la bonificación que perciba actualmente cada usuario, de su eventual acceso al nuevo beneficio y de los consumos facturados.
Por eso, la publicación de la norma no permite establecer por sí sola cuánto subirá el gas en cada localidad mendocina ni cuántos usuarios perderán el subsidio. Para conocer el efecto concreto será necesario considerar la aplicación de las nuevas condiciones y los cuadros tarifarios correspondientes.
La Ley 27.828 entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y establece que el régimen tendrá continuidad hasta el 31 de diciembre de 2031. La reforma también incorpora cambios vinculados con el mercado eléctrico, la contratación de gas natural, las energías renovables y la actividad hidrocarburífera.