El fiscal que podía revivir la causa Macri-FMI dio un paso al costado y la investigación quedó archivada
¿Qué argumentó el fiscal para dar por cerrada la investigación por el préstamo del FMI? La respuesta está en un dictamen que dejó sin efecto la apelación y puso punto final a la causa contra Macri y sus exfuncionarios.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el cierre definitivo de la denuncia por el acuerdo de u$s57.100 millones con el Fondo Monetario Internacional, luego de que el fiscal general Raúl Omar Pleé abandonara el recurso que buscaba reabrirla. La investigación apuntaba a determinar si el endeudamiento de la gestión de Cambiemos se usó para financiar fuga de capitales y si hubo beneficios indebidos para funcionarios o terceros.
La Sala IV del tribunal, integrada por Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, tuvo por desistida la queja del Ministerio Público Fiscal y rechazó además una presentación particular que pretendía sostener la impugnación.
El expediente venía de una serie de decisiones adversas para la acusación. El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.º 5 había archivado la causa el 2 de febrero de 2026, con base en el artículo 195 del Código Procesal Penal. El 4 de septiembre, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal ratificó ese cierre. Y el 25 de septiembre declaró inadmisible el recurso de casación que había presentado el fiscal general ante esa instancia.
Con ese panorama, la acusación llegó en queja a Casación. Pero Pleé, el 14 de octubre, desistió de esa presentación. Para el representante del Ministerio Público, las hipótesis de la acusación no se desprendían lógicamente de las pruebas reunidas y no se habían propuesto medidas concretas para sostener la investigación.
Qué investigaba la causa contra Macri y los exfuncionarios
La denuncia buscaba establecer posibles delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y malversación de caudales públicos.
Además de Mauricio Macri, en su rol de presidente de la Nación, estaban bajo la lupa Federico Sturzenegger, Luis Caputo y Guido Sandleris, que se sucedieron al frente del Banco Central; Nicolás Dujovne, exministro de Hacienda; y Gustavo Cañonero, Verónica Rappoport, Enrique Szewach y Mauro Alessandro, integrantes del Comité de Política Monetaria de la autoridad monetaria.
El eje era determinar si el préstamo del FMI se había utilizado para sostener un proceso de formación de activos externos que, sin ese ingreso de divisas, no habría podido continuar en las mismas condiciones. El fallo describió el objeto de la investigación como la posibilidad de que se hubiera iniciado un ciclo de endeudamiento destinado “no a los fines declamados formalmente en los documentos suscriptos con el FMI, sino primordialmente a obtener divisas para su posterior fuga”.
También se pretendía establecer si esa operatoria había provocado un perjuicio para el Estado y si los funcionarios intervinientes habían obtenido ventajas económicas indebidas.
Los argumentos del fiscal para abandonar la queja
El punto central de la resolución es el dictamen de Pleé. En su escrito afirmó que “las hipótesis presentadas por el fiscal de instrucción no se corresponden con inferencias lógicas de las constancias de la causa, obtenidas luego de una extensa investigación”.
El fiscal cuestionó la falta de precisión sobre cómo avanzar en la reconstrucción del recorrido de los fondos. “La incógnita que señaló la cámara de apelaciones no era el resultado que los fiscales esperaban obtener, sino cuáles serían las medidas investigativas concretas que permitirían alcanzarlo”, señaló.
Pleé agregó que el fiscal de primera instancia, Franco Picardi, había cuestionado de manera genérica la falta de trazabilidad del dinero, pero no había explicado cómo superar esa dificultad. “Más allá de la necesidad de avanzar con la investigación, no pudo explicar cómo hacerlo”, expresó.
En otro tramo, sostuvo que la acusación confundía la falta de respaldo contable con la existencia de una infracción legal concreta. “No se ha indicado una infracción concreta en la aplicación de los fondos, sino que se ha planteado un cuestionamiento general a la política pública sobre su destino”, afirmó.
Para Pleé, las medidas realizadas y la información recolectada durante cinco años “permiten concluir que no se ha infringido norma penal alguna, de modo que no corresponde continuar con el trámite de las actuaciones”. Y remató: “lo único que queda en pie de esta acusación es el desacuerdo con un modelo económico determinado”.
El rechazo al planteo de un ciudadano y el llamado de atención a su abogado
En paralelo, los jueces rechazaron la queja de Antonio Conrado De Martino, quien había adherido al recurso fiscal y luego intentó mantener la impugnación pese al desistimiento de Pleé.
El tribunal explicó que la adhesión es una vía accesoria y que, en este caso, el recurso principal nunca había sido concedido. “Caído el recurso principal, cae con él la vía accesoria”, resumieron los magistrados. Además, recordaron que la Cámara de Apelaciones había considerado que De Martino no era parte del expediente, ya que no se había constituido como querellante ni había acreditado un perjuicio directo y personal. La sola invocación de su condición de ciudadano y contribuyente no resultaba suficiente para reconocerle legitimación.
También rechazaron las recusaciones que De Martino había formulado contra Carbajo, Hornos y Borinsky, así como sus planteos contra los fiscales Raúl Pleé y José Luis Agüero Iturbe. Los jueces entendieron que no se habían presentado elementos objetivos que permitieran poner en duda la imparcialidad de los magistrados o justificar la nulidad del dictamen fiscal.
En ese contexto, cuestionaron el contenido de los escritos presentados por De Martino y su abogado patrocinante, Nicolás Roberto Corbetto Norese. “La crítica judicial es esencial en cualquier sociedad democrática”, señalaron, aunque advirtieron que el escrito contenía expresiones agraviantes que excedían los cuestionamientos jurídicos y resultaban incompatibles con el respeto y el decoro exigibles en una presentación judicial.
Por esa razón, formularon una observación tanto al presentante como a su letrado para que ajusten sus expresiones en futuras actuaciones. También dispusieron remitir las presentaciones al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para que analice la conducta profesional de Corbetto Norese, ante la presencia de manifestaciones que la Cámara calificó como discriminatorias.