El femicida de Mabel Mena dejará la cárcel: la decisión que lo devuelve a su casa
El femicidio de Mabel Mena conmocionó a Junín de los Andes, pero la causa acaba de dar un giro que cambia por completo la situación del acusado: la Justicia decidió que Jorge Linco ya no espere el nuevo juicio tras las rejas. La medida llega con una condición que nadie esperaba.
El Tribunal de Impugnación de Neuquén dispuso que Jorge Octavio Linco, acusado por el femicidio de su expareja Corina Mabel Mena, cumpla detención domiciliaria con custodia policial permanente mientras espera un nuevo juicio por jurados.
La medida fue adoptada por unanimidad por las juezas Florencia Martini y Liliana Deiub y el juez Nazareno Eulogio. La decisión llega después de que se anulara el juicio que lo había declarado culpable y lo condenara a prisión perpetua.
El femicidio de Mena ocurrió en junio de 2025 en Junín de los Andes y conmocionó a la provincia. Ahora, la causa sumó un nuevo capítulo judicial que vuelve a modificar la situación del imputado.
Por qué la Justicia le otorgó la domiciliaria
Según informó el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), los magistrados determinaron que corresponde aplicar el artículo 119 del Código Procesal Penal de Neuquén. Esa norma establece que una prisión preventiva sin declaración de responsabilidad no puede extenderse por más de un año.
El punto central de la resolución es la anulación del juicio por jurados que había declarado responsable a Linco. El 15 de septiembre, el Tribunal de Impugnación de Neuquén anuló aquella sentencia.
La decisión fue tomada por la sala integrada por los jueces Richard Trincheri y Estefanía Sauli y la jueza Patricia Lupica Cristo. Los magistrados ordenaron que el caso vuelva a juzgarse mediante un nuevo juicio por jurados, tras detectar irregularidades en el veredicto que había declarado culpable al acusado.
Entre los argumentos, el tribunal sostuvo que existió un primer pronunciamiento del jurado popular que contenía aspectos contradictorios y que no cumplía con las exigencias del Código Procesal Penal.
Al declararse la nulidad de aquel proceso y retrotraerse la causa a la instancia previa a la realización del juicio, la Justicia consideró que, a los efectos procesales, es como si ese debate nunca hubiera ocurrido. De esta manera, al quedar sin efecto la declaración de responsabilidad penal, el tribunal entendió que Linco no puede continuar bajo prisión preventiva.
Sin embargo, los jueces también evaluaron que persisten riesgos procesales que deben controlarse mientras se prepara el nuevo juicio. En particular, señalaron que continúan vigentes los riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación, por lo que consideraron necesario establecer medidas de seguridad para garantizar que el acusado permanezca a disposición de la Justicia.
Por ese motivo, resolvieron disponer una detención domiciliaria con custodia policial permanente y la prohibición de contacto con las víctimas y sus familiares.
Además, el tribunal ordenó que, en un plazo de 48 horas, el juez de garantías Ignacio Pombo, o quien intervenga en el caso, dicte las medidas necesarias para preservar el proceso judicial.
El antecedente: la Justicia había revocado la domiciliaria
La nueva resolución se conoce después de una serie de decisiones judiciales que modificaron la situación del acusado durante las últimas semanas. El pasado 24 de septiembre, un tribunal revisor había resuelto que Jorge Linco continuara detenido con prisión preventiva, luego de que un juez de garantías le concediera el beneficio de la detención domiciliaria.
En aquella audiencia, la asistente letrada del Ministerio Público Fiscal, Lucila Maggiora, solicitó que se dejara sin efecto la prisión domiciliaria otorgada el 18 de septiembre. El pedido contó con el acompañamiento de la abogada querellante que representa a la familia de la víctima, Lorena Miani.
“Existe riesgo de fuga”, indicó Maggiora durante su intervención, en la que también cuestionó la resolución del juez Ignacio Pombo por considerarla arbitraria y carente de fundamentación.
La representante de la Fiscalía pidió que se revocara la domiciliaria y se mantuviera la prisión preventiva del acusado. Una particularidad de aquella decisión fue que Pombo había otorgado un plazo de siete días a la defensa de Linco para presentar un domicilio que reuniera las condiciones necesarias para cumplir la medida, debido a que el lugar inicialmente ofrecido no podía ser controlado.
Mientras tanto, había dispuesto prolongar la prisión preventiva durante ese período. El tribunal revisor, integrado por los jueces Lisandro Borgonovo, Juan Pablo Encina y Eduardo Egea, resolvió por mayoría revocar aquella decisión.
De esta manera, Linco continuó detenido, aunque ahora una nueva intervención del Tribunal de Impugnación volvió a modificar su situación procesal y dispuso que cumpla la medida cautelar en un domicilio bajo vigilancia policial permanente.