El fallo que frena los comedores: apelan y exigen al juez que aclare qué productos son aptos
El amparo que frenó la entrega de alimentos con octógonos en los comedores escolares de Entre Ríos no está cerrado. Apelaron y piden al juez que aclare qué productos son aptos. ¿Qué dijeron los amparistas sobre las declaraciones del Fiscal de Estado?
El amparo que frenó la entrega de alimentos con sellos de advertencia en los comedores escolares de Entre Ríos no está cerrado. Los amparistas apelaron la decisión del juez Juan Francisco Malvasio y, además, le pidieron una aclaratoria que podría definir el futuro de la alimentación de miles de chicos.
La medida cautelar dictada el viernes ordenó al Gobierno provincial abstenerse de ofrecer productos no perecederos con octógonos, según la Ley de Etiquetado Frontal N° 27.642. Pero los abogados de los padres, Agmer y la Fundación Cauce consideran que la sentencia necesita precisiones para que no se la interprete de manera restrictiva.
¿Qué piden con la apelación?
El escrito, firmado por Rubén Pagliotto, María Aldana Sasia, Valeria Inés Enderle y Verónica Fischbach, sostiene que el fallo les causa un “gravamen irreparable”. Por eso, solicitan que las actuaciones se eleven al Superior Tribunal de Justicia (STJ) para que revise la decisión.
Pero además, presentaron un pedido de “aclaratoria” ante Malvasio. Quieren que precise el alcance del punto 1° de la resolución, específicamente qué significa que el Estado deba garantizar “productos no alcanzados por dicha prohibición”.
El rol del Fiscal de Estado y la empresa Teknofood
La polémica se desató luego de las declaraciones del fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, en Radio Plaza 94.7. Allí dijo que el amparo se ocupa solo del artículo 12 de la Ley 27.642 y que bastaría con reemplazar los productos. Los amparistas consideran que esa visión es peligrosa porque reduciría el fallo a una cuestión de etiquetas.
En el medio, Guillermo Kemps, director de Teknofood SA –la firma adjudicataria de la licitación para proveer desayunos y meriendas–, defendió los productos y afirmó que cumplen y superan las exigencias nutricionales del pliego.
¿Por qué piden que se aclare el fallo?
Los amparistas temen que, si se interpreta que “no alcanzados por la prohibición” equivale a “sin octógonos”, se podría sustituir un producto con sellos por otro de similar perfil nutricional pero exceptuado del rotulado. “Formalmente habría desaparecido el octógono, pero materialmente nada garantizaría que mejoró la alimentación de los niños”, advierten.
En el petitorio, piden que se aclare que la ausencia de sellos no determina por sí sola la aptitud del alimento, y que se deben respetar las obligaciones de la Ley Provincial N° 10.594 sobre alimentación saludable, la Guía de Alimentos Saludables y los mecanismos de control.
Mientras tanto, con la apelación, la medida cautelar sigue vigente. El Gobierno no puede avanzar con el nuevo sistema de compra centralizada a través de Teknofood SA hasta que no se resuelva la cuestión.