El fallo del Quinto Circuito que deja a miles de migrantes sin audiencia de fianza en tres estados
El Quinto Circuito resolvió que los migrantes que entraron sin inspección no tienen derecho a audiencia de fianza en Texas, Luisiana y Misisipi. Qué pasa con quienes llevan años en EE.UU. y tienen familia ciudadana.
Una decisión del Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito, con sede en Nueva Orleans, modificó el escenario para los inmigrantes detenidos por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en Texas, Luisiana y Misisipi. La votación fue ajustada: diez jueces a favor y siete en contra.
El fallo, emitido el 23 de octubre, establece que quienes ingresaron al territorio estadounidense sin pasar por una inspección migratoria quedan dentro de una categoría legal que habilita la detención obligatoria. Bajo esa lectura, no cuentan con derecho constitucional a una audiencia individual para evaluar si pueden seguir su proceso en libertad.
Qué resolvió el tribunal sobre la fianza migratoria
Los magistrados entendieron que las personas que no son ciudadanas, que entraron de manera irregular y que están sujetas a detención obligatoria no tienen derecho a ninguna audiencia de fianza, sin importar cuánto tiempo lleven en el país ni si representan o no un peligro para la comunidad.
Así lo resumió el abogado de inmigración Raed González en diálogo con Univision: “Resuelven que las personas que no son ciudadanas, que ingresaron a EE.UU. irregularmente, que están sujetas a detención obligatoria, no tienen derecho a ninguna audiencia de fianza, independientemente del tiempo que lleven en ese país o si son o no un peligro para la comunidad”.
La resolución también dejó sin efecto decisiones de tribunales inferiores que habían ordenado liberar a determinados detenidos o revisar sus casos a través de recursos judiciales. El criterio se apoyó en la ley federal de inmigración y en la interpretación de las garantías de la Quinta Enmienda de la Constitución estadounidense.
Los tres estados alcanzados y el artículo que invocó la corte
El fallo rige de forma directa en Texas, Luisiana y Misisipi, los tres estados que integran la jurisdicción de ese tribunal federal. Allí, los inmigrantes que ingresaron sin inspección y son detenidos por las autoridades migratorias quedan bajo el régimen de detención obligatoria mientras se define su situación.
La interpretación judicial se sostiene en el apartado 8 U.S.C. § 1225(b)(2)(A), que regula la detención de determinadas personas consideradas solicitantes de admisión. El tribunal consideró que esa clasificación puede mantenerse aunque el inmigrante lleve años dentro de Estados Unidos.
Como consecuencia, la residencia prolongada, tener hijos ciudadanos estadounidenses, los vínculos familiares y la ausencia de antecedentes penales no garantizan el acceso a una audiencia de fianza bajo este criterio. Tampoco se contempla una evaluación individual del riesgo de fuga o de la peligrosidad de la persona detenida para habilitar esa instancia.
Por qué el caso podría llegar a la Corte Suprema
El abogado de inmigración advirtió que la decisión ahonda las diferencias entre los tribunales federales de apelación. Mientras el Quinto Circuito rechazó el derecho a estas audiencias para el grupo alcanzado por su interpretación, otras jurisdicciones admiten criterios distintos sobre el acceso a la libertad bajo fianza.
Esa falta de uniformidad implica que la posibilidad de obtener una audiencia puede variar según el lugar donde una persona sea detenida. Dos inmigrantes con circunstancias similares podrían enfrentar procedimientos diferentes si sus casos quedan bajo la órbita de tribunales distintos.
La Corte Suprema de Estados Unidos podría intervenir para resolver esa discrepancia y fijar un criterio aplicable en todo el país. Sin una resolución nacional, seguirá abierta la discusión sobre cómo debe interpretarse la legislación migratoria y qué garantías corresponden a las personas arrestadas durante un proceso de deportación.
Qué pasa con los detenidos por el ICE en Texas
En Texas, quienes ingresaron sin inspección migratoria y quedan comprendidos en el fallo deberán permanecer bajo custodia mientras avanza su procedimiento, sin una audiencia individual de fianza basada en el criterio que rechazó el tribunal.
La medida puede alcanzar también a personas que llevan décadas en el país norteamericano y tienen familiares ciudadanos estadounidenses.