El exsecretario de Seguridad condenado por encubrir el crimen de Paulina Lebbos recuperó la libertad

La jueza de Ejecución concedió la libertad condicional al exsecretario de Seguridad condenado por el encubrimiento del asesinato de Paulina Lebbos. ¿Qué argumentos pesaron en la decisión y qué condiciones deberá cumplir?

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El exsecretario de Seguridad condenado por encubrir el crimen de Paulina Lebbos recuperó la libertad

La jueza de Ejecución, Ana María Iácono, concedió este lunes la libertad condicional a Eduardo Di Lella, el exsecretario de Seguridad condenado a seis años de prisión por el encubrimiento del asesinato de Paulina Lebbos y por falsedad ideológica. El exfuncionario abandonará el régimen de prisión domiciliaria para acceder a una libertad tutelada bajo estrictas restricciones, a seis años de la sentencia histórica de principios de 2019.

La decisión se sustentó en los últimos informes del Servicio Penitenciario y, fundamentalmente, en las pericias de psiquiatras y psicólogos que trataron al exfuncionario. Los profesionales describieron un cuadro de “graves síntomas” en la estabilidad psíquica del condenado, lo que inclinó la balanza judicial a pesar de la férrea resistencia de las partes acusadoras. Para la jueza, este deterioro en la salud mental, sumado al tiempo transcurrido de detención y al cumplimiento de los reglamentos carcelarios -en su caso, desde su hogar-, habilitó el acceso al beneficio previsto en la ley 24.660.

¿Quién se opuso a la libertad?

La resolución no fue unánime. El representante del Ministerio Público Fiscal, Gonzalo García, y el abogado de la querella, Emilio Mrad, manifestaron su oposición terminante. Ambos sostuvieron que las condiciones de cumplimiento de Di Lella han sido excepcionales desde el inicio, recordando que el exsecretario jamás estuvo alojado en una unidad penitenciaria común. La fiscalía y la querella argumentaron que la gravedad institucional de los hechos exigía una rigurosidad mayor. Ambos también destacaron que el exfuncionario nunca admitió su delito ni pidió disculpas a la familia de la víctima.

En la vereda opuesta, el defensor oficial Emiliano Ferraco articuló su estrategia sobre la base del derecho que asiste a todo condenado que cumple con los requisitos de temporalidad y conducta. Ferraco hizo hincapié en que Di Lella ya había transitado las etapas necesarias del régimen progresivo de la pena y que su estado de vulnerabilidad psíquica tornaba necesario un cambio en las condiciones de su encierro. La defensa técnica logró convencer al tribunal de que la libertad condicional no representa un fin de la pena, sino una modalidad de cumplimiento en medio libre, sujeta a la buena conducta del beneficiario.

¿Cuál fue el rol de Di Lella en el caso Lebbos?

Como secretario de Seguridad en 2006, fue hallado culpable de coordinar las maniobras de encubrimiento que impidieron conocer la verdad durante años. Su participación consistió, según la sentencia, en avalar el montaje de pistas falsas y la adulteración de instrumentos públicos para desviar las sospechas que recaían sobre los denominados “hijos del poder”. Aquella condena de 2019 fue vista como un triunfo contra la impunidad estructural, aunque hoy, el hecho de que Di Lella recupere la libertad sin haber pisado nunca una cárcel, genera un sabor amargo en la familia de Paulina.

Alberto Lebbos, quien ha denunciado sistemáticamente los privilegios de los que gozaron los condenados en esta causa, escuchó los argumentos que justificaban la salida de Di Lella por su “salud mental”. Para el padre de la joven estudiante, estas resoluciones continúan profundizando la asimetría entre las víctimas y quienes abusaron del poder del Estado para encubrir un crimen. “Es un delito continuo”, ha repetido Lebbos en diversas instancias. Hoy, a su turno, afirmó: “todos los días rezo para que el señor Di Lella recupere la salud, pero sobre todo para que recupere la memoria”.

¿Qué condiciones deberá cumplir Di Lella?

Pese a las objeciones, la libertad condicional se hizo efectiva bajo un pliego de condiciones que Di Lella deberá cumplir a rajatabla para no regresar a la detención domiciliaria. La jueza Iácono dispuso la colocación de un dispositivo de monitoreo GPS y la prohibición absoluta de acercarse a menos de 500 metros de los familiares de Paulina Lebbos. Asimismo, el exfuncionario tiene prohibido el consumo de alcohol y estupefacientes, no puede portar armas y deberá someterse periódicamente al control del Patronato de Internos y Liberados. Quizás la cláusula más relevante, dado el fundamento del fallo, es la obligación de continuar de manera ininterrumpida con su tratamiento psicológico y psiquiátrico.

Este nuevo escenario judicial se da a dos días de que se conozca el fallo contra César Soto, único acusado por el crimen, para quien el fiscal Carlos Sale pidió prisión perpetua por homicidio agravado por alevosía. En el mismo proceso declinó acusar a Sergio Kaleñuk, quien estaba imputado por encubrimiento agravado.

La jueza ordenó que lo dispuesto se efectivice de manera inmediata, por lo que Di Lella ya está en condiciones de salir de su domicilio. Los cinco condenados en el juicio de 2019 ya se encuentra en libertad: Di Lella, el ex subjefe de Policía, Hugo Sánchez, el ex subjefe de Policía, Nicolás Barrera, el ex jefe de la Regional Norte, Rubén Brito y el ex policía Waldino Rodríguez. De todos los condenados en los distintos procesos, el único que sigue detenido, aunque con prisión domiciliaria, es el ex fiscal Carlos Albaca.

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