El ex juez Bailaque creyó que la causa estaba frenada, pero Casación movió una ficha clave
La causa contra el ex juez Bailaque parecía congelada, pero Casación movió una ficha clave y ahora el expediente se encamina al juicio oral. ¿Qué fue lo que destrabó el proceso?
La Cámara Federal de Casación Penal ordenó que el proceso contra el ex juez federal de Rosario Marcelo Martín Bailaque siga su curso y se encamine al juicio oral. La Sala IV hizo lugar a los recursos de la fiscalía y las querellas, y dejó sin efecto la suspensión que mantenía el expediente paralizado.
La decisión la tomaron los jueces Daniel Petrone, Carlos Mahiques y Gustavo Hornos, que integran la Sala IV. Con ese fallo, el tribunal dio por tierra con la paralización que había dispuesto el juez de revisión Aníbal Pineda.
Pineda había frenado el trámite hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolviera una controversia técnica sobre qué código procesal corresponde aplicar. Para Casación, esa suspensión "sine die" (sin plazo) no tenía respaldo legal y violaba los principios de celeridad, simplicidad y plazo razonable.
La red que investigan
Bailaque dejó el Juzgado Federal N° 4 de Rosario en julio de 2025, cuando le aceptaron la renuncia. Está acusado de encabezar una organización que presionaba a empresarios con maniobras judiciales y fiscales.
Según la investigación, de la red participaban Santiago Busaniche, escribano señalado como el intermediario para cobrar las exigencias dinerarias; Fernando Whpei, empresario imputado que firmó un acuerdo de colaboración (arrepentido) con la fiscalía; y Carlos Vaudagna, exfuncionario de la AFIP involucrado en el esquema de presión.
Uno de los hechos centrales del expediente documenta la exigencia de 200.000 dólares a un empresario para no perjudicarlo en una causa penal. El pago terminó concretándose parcialmente por un total de 160.000 dólares.
Qué resolvió la Sala IV
En el mismo pronunciamiento, los camaristas rechazaron de plano las impugnaciones de la defensa de Busaniche, que buscaba anular el acuerdo de colaboración de Whpei y cuestionaba cambios en la calificación legal de su conducta.
En una resolución paralela, declararon inadmisible un planteo de Bailaque sobre la selección de testigos y la inclusión de pruebas para el debate. Los jueces indicaron que las discusiones probatorias previas no son sentencias definitivas que habiliten la intervención del máximo tribunal penal.
Con el terreno libre de frenos procesales, el expediente retoma su curso natural y se encamina hacia la fijación de fecha para el debate oral.