El dueño de los dogos que mataron a Trinidad se fue de viaje y dejó el portón sin seguridad: la Justicia reveló por qué lo condenó
La Justicia dio a conocer por qué condenó a ocho años al dueño de los dogos que mataron a Trinidad. El dato que más pesó no fue el ataque en sí, sino lo que el hombre hizo antes de que sus perros salieran a la calle.
La Cámara Primera del Crimen de Córdoba difundió este martes los fundamentos de la condena a ocho años y un mes de prisión contra José Luis Nieto por la muerte de Trinidad Ballestero, la niña atacada por sus dogos en barrio Estación Flores en junio de 2023.
El tribunal, integrado por José Pueyrredón, Mario Capdevila y Gustavo Ispani, sostuvo que el hombre de 58 años sabía perfectamente el riesgo que implicaban sus animales. El voto de Pueyrredón, al que adhirieron sus colegas, fue el eje de la resolución.
"Contaba con episodios anteriores que evidenciaban el peligro que sus animales representaban y además había recibido una sanción contravencional por un episodio violento en el que participaron sus canes", señaló el camarista.
Para los jueces, hubo un agravante clave: en el momento del ataque, Nieto estaba de viaje y había dejado el portón de su casa sin ninguna medida de seguridad para evitar que los perros escaparan.
"Menospreció la posibilidad concreta que -con su conducta- pudiera afectar la vida y la salud de las personas, particularmente de los vecinos de su barrio", agregó Pueyrredón.
Los argumentos de la pena
La condena fue por homicidio simple con dolo eventual, un delito que prevé entre ocho y 26 años de cárcel. Los magistrados explicaron cómo llegaron a los ocho años y un mes.
Entre los atenuantes, valoraron que Nieto no tenía antecedentes penales, que contaba con un oficio, que padecía problemas de salud y que su instrucción era limitada. Como agravantes, consideraron su edad adulta al momento del hecho y la juventud de la víctima.
El tribunal también fijó una indemnización por daño moral, pérdida de chance futura y daño emergente que suma 34.097.205,72 pesos. Ese monto deberá pagarse cuando la sentencia quede firme.
Los jueces rechazaron el reclamo por daño psicológico al entender que ya estaba incluido en el daño moral y porque no se había realizado una pericia psicológica sobre la madre de Trinidad.