El decreto 915 de Vidal, en la mira: "Es una nulidad absoluta e insanable"
Un decreto firmado por Claudio Vidal para vender tierras en Península de Magallanes acumula objeciones: falta de autorizaciones nacionales, choque con la Ley de Tierras y superficies de construcción que superan cualquier parámetro ambiental. La Justicia tiene la última palabra.
Fabián Toledo, integrante del Centro de Estudios Estratégicos en Justicia y Sociedad (CEJUS), cuestionó con dureza el decreto 915 firmado por el gobernador Claudio Vidal y aseguró que la norma que habilita la venta de tierras en Península de Magallanes es "manifiestamente ilegal". Lo hizo en diálogo con El Mediador, el programa que se emite por Tiempo FM 97.5, donde detalló los argumentos del amparo presentado para frenar la operación.
Según explicó, la presentación judicial surgió a partir del fallo de la Corte Suprema en el caso CECIM. Ese pronunciamiento, sostuvo, modificó el régimen histórico del país en torno a la soberanía y a los bienes colectivos indivisibles.
"Nosotros entendemos que si la soberanía ya no es un bien colectivo indivisible y es un elemento del Estado, entonces las personas legitimadas son las personas que forman parte del Estado y, en este caso, dado el hecho, la provincia de Santa Cruz de parte de sus legisladores", argumentó.
Las diferencias con el antecedente CECIM
Toledo marcó una distancia entre aquel fallo y la situación santacruceña. En este caso, afirmó, existe "un perjuicio actual y concreto", que fue justamente una de las cuestiones objetadas por la Corte en el caso CECIM.
"Solicitamos una medida de no innovar para que no se concrete el daño", precisó. También destacó la importancia simbólica de la participación del diputado por el pueblo de El Calafate y la región.
Los puntos que cuestiona del decreto 915
Al analizar la legalidad de la norma firmada por Vidal, el integrante de CEJUS aclaró que el amparo no está dirigido contra la provincia, aunque sí se apoya en la existencia de un perjuicio concreto y actual.
"Es un decreto muy difícil desde su legalidad, es manifiestamente ilegal por varias cuestiones", afirmó.
El primer eje de la embestida es la apelación al régimen de seguridad de zona de frontera. Para Toledo, se trata de "una nulidad manifiesta, absoluta, insanable", porque el decreto no contiene las autorizaciones previas que deben otorgar la Nación y el Ministerio del Interior para habilitar una operación de esa naturaleza.
El segundo punto es la Ley de Tierras. Su artículo 10 prohíbe específicamente la extranjerización de tierras en zonas lindantes o próximas a cuerpos de agua de envergadura. Entre ellos mencionó los glaciares, los ríos, los humedales y otros cuerpos de agua permanentes.
"Es para una ponencia de una hora y media la cantidad de vicios que tiene el decreto 915. Es sumamente ilegal porque encima fue dictado durante la vigencia de la Ley de Tierras", remarcó.
El tercer frente es la protección del patrimonio de la humanidad, en referencia a la declaración de la UNESCO. A eso sumó lo que describió como "vicios administrativos múltiples" y la falta de "una motivación suficiente".
Las observaciones ambientales
En materia ambiental, Toledo puso la lupa sobre las superficies de construcción previstas. Indicó que cuatro parcelas incluyen una edificación de casi 5.000 metros cuadrados y que, en el caso de la parcela G —la involucrada en la operación actual—, se proyectan 11.000 metros cuadrados de construcción.
Esa superficie, según afirmó, "ya excede el 25% de lo que es cualquier evaluación de impacto ambiental".
Para que una operación de estas características pudiera encuadrarse dentro de la legalidad, explicó, primero deberían derogarse la Ley de Tierras y las leyes ambientales correspondientes, obtenerse la autorización para la zona de seguridad de frontera y, recién después, volver a iniciar desde cero los actos administrativos derivados del decreto 915.
El pedido para frenar la operación
Respecto de la respuesta que esperan de la Justicia federal, Toledo señaló que buscan que se aplique la Ley de Tierras y que no se concrete ninguna acción que afecte el territorio.
"Lo que sucede con el decreto es que ya es nulo. No supera un test de legalidad ni de constitucionalidad", insistió.
Además, aclaró que el planteo no se limita al decreto 915: la intención es impedir que se lleven adelante actos entre particulares y privados vinculados con la operación.
"Fundamentalmente, que no se afecte el territorio, ese sería el efecto práctico que perseguimos", finalizó.