El CUD entra en cuenta regresiva: quiénes tienen que renovarlo este mes y no pueden dejarlo pasar
Este mes vence la prórroga que alcanza a un grupo puntual de certificados y muchos no lo saben: hay que mirar el año impreso en el CUD antes de que el trámite se complique. La fecha que define si te toca o no, adentro.
El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es el documento que acredita la discapacidad en todo el país y abre la puerta a derechos y prestaciones que fija la legislación vigente. Este mes, quienes tengan que actualizarlo deben revisar la fecha que figura en el certificado y juntar la documentación que pide la Junta Evaluadora Interdisciplinaria.
El trámite para obtenerlo o renovarlo es gratuito y la evaluación está a cargo de esa junta. Como el procedimiento y los papeles cambian según el tipo de discapacidad, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) tiene una consulta oficial para conocer los requisitos de cada caso.
Un dato clave: el CUD también puede mostrarse en formato digital a través de Mi Argentina, y ese documento tiene la misma validez legal, vigencia y eficacia que el papel.
Quiénes deben actualizarlo durante 2026
El primer paso es mirar el año que figura como fecha original de vencimiento o actualización. La ANDIS dispuso mediante la Resolución 2520/2024 una prórroga de un año para los CUD cuya fecha de actualización original correspondía a 2025 y que no habían tenido prórrogas anteriores.
En la práctica, los certificados que vencían o debían actualizarse en cualquier fecha de 2025 siguen vigentes hasta esa misma fecha de 2026. Por ejemplo, si el CUD tenía como fecha de actualización octubre de 2025, la prórroga se estira hasta octubre de 2026.
Distinto es el caso de los certificados que ya habían sido prorrogados por sus vencimientos originales de 2022, 2023 o 2024: la Resolución 2520/2024 no les dio una nueva extensión y la norma estableció que debían actualizarse durante 2025.
Qué documentación pueden solicitar
Para arrancar la actualización hay que tener la documentación médica correspondiente. Según la información oficial, entre los documentos comunes a las distintas discapacidades pueden pedirse el DNI, el certificado médico actualizado con diagnóstico completo, informes de los profesionales que atienden a la persona y estudios médicos recientes. También pueden requerirse papeles específicos según el tipo de discapacidad.
La guía oficial aclara que el certificado médico actualizado no debe tener una antigüedad mayor a seis meses. En determinados casos se suman estudios complementarios recientes y otra documentación vinculada con la situación particular de cada persona.
Por eso, antes de pedir el turno conviene consultar los requisitos específicos del tipo de discapacidad y de la jurisdicción donde se hará la evaluación. La plataforma oficial permite seleccionar el trámite de renovación y ver qué documentación presentar.
Cómo se hace el trámite
El procedimiento empieza con la consulta de los requisitos para la renovación y la identificación de la Junta Evaluadora Interdisciplinaria que corresponda. Esa evaluación define si corresponde emitir o actualizar el Certificado Único de Discapacidad.
Con la documentación reunida, la persona debe concurrir al turno asignado con los informes y estudios solicitados. La evaluación es interdisciplinaria y busca determinar la situación de discapacidad conforme a los criterios de la normativa vigente.
El trámite no tiene costo para quien lo solicita. Además, la legislación prevé que el CUD puede emitirse con o sin fecha de vencimiento, según los criterios que fija la ANDIS.
Cuándo puede emitirse sin vencimiento
Desde la implementación de la Ley 27.711 quedó establecido que el Certificado Único de Discapacidad puede expedirse con o sin fecha de vencimiento. La ANDIS definió criterios concretos para determinar cuándo corresponde emitirlo sin vencimiento.
Entre esos criterios están las personas que al momento de la evaluación ya cuentan con dos certificados de discapacidad y mantienen un perfil de funcionamiento constante; las personas mayores de 60 años que conservan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos cinco años; y quienes necesitan equipamiento o dispositivos de uso permanente para preservar funciones vitales.
Que se emita sin vencimiento no significa que la situación quede congelada: la normativa contempla la posibilidad de pedir una actualización si cambia el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad.